{"id":37,"date":"2023-03-21T10:30:47","date_gmt":"2023-03-21T10:30:47","guid":{"rendered":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/chapter\/capitulo-12-la-casa-fuerte-de-los-figueroa-de-badajoz\/"},"modified":"2023-03-22T11:04:12","modified_gmt":"2023-03-22T11:04:12","slug":"capitulo-12-la-casa-fuerte-de-los-figueroa-de-badajoz","status":"publish","type":"chapter","link":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/chapter\/capitulo-12-la-casa-fuerte-de-los-figueroa-de-badajoz\/","title":{"raw":"Cap\u00edtulo 12. La casa-fuerte de los Figueroa de Badajoz","rendered":"Cap\u00edtulo 12. La casa-fuerte de los Figueroa de Badajoz"},"content":{"raw":"<p style=\"text-align: justify;\">Isabel de Aguilar y Figueroa hab\u00eda retornado en 1532 desde Trujillo a Badajoz tras la muerte de su esposo, Rodrigo de Orellana. No hay noticia de que volviera a contraer matrimonio. De ella poco m\u00e1s se sabe, salvo que en esta ciudad\u00a0residi\u00f3 hasta el d\u00eda de su muerte en 1587, momento en el que su morada estaba en sus casas principales del castillo. Es de suponer que la casa formar\u00eda parte de su herencia; y, quiz\u00e1, pues no se conoce si a\u00fan viv\u00eda en ese a\u00f1o, a su regreso todav\u00eda era la residencia de su madre, Menc\u00eda. Su padre, Gonzalo Ruiz de Figueroa, hab\u00eda fallecido tiempo atr\u00e1s, en 1514.\u00a0 Desde esa fecha y por m\u00e1s de diez a\u00f1os tanto Isabel, como sus hermanos Lorenzo y Beatriz, y su madre Menc\u00eda, hab\u00edan quedado bajo la tutela de su abuelo \u2013y padre de Menc\u00eda\u2013 Hern\u00e1n Sanchez de Aguilar [footnote]As\u00ed se documenta en 1524 en un pleito en que Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar aparece como tutor y curador de sus nietos Lorenzo, Isabel y Beatriz, hijos de su hija Menc\u00eda. Este es el \u00fanico documento en que se hace referencia a este Lorenzo Suarez de Figueroa, hijo de Menc\u00eda y de Gonzalo Ruiz de Figueroa, pues en todas las cr\u00f3nicas geneal\u00f3gicas posteriores nunca se le menciona.\u00a0<em>Pleito de Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar, vecino de Badajoz, abuelo y tutor de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y alcalde de sacas del obispado de Badajoz, y los dem\u00e1s herederos de Gonzalo Ru\u00edz de Figueroa, con el fiscal, Juan de Prado, sobre devoluci\u00f3n de unas multas puestas por el juez de comisi\u00f3n Antonio de Prado<\/em>. AGS, CRC, 82, 8.[\/footnote]. \u00c9ste era el segundo hijo de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz y Elvira de Aguilar, de quienes Silva Barreto dec\u00eda que hab\u00edan sido fundadores\u00a0del palacio. Sin embargo, tradicionalmente se ha\u00a0atribuido su origen a la familia Suarez de Figueroa \u00bfQu\u00e9 hay de cierto en ello? \u00bfHab\u00eda sido la casa fuerte propiedad del padre de Isabel de Aguilar y Orellana, Gonzalo Ruiz de Figueroa o lo fue de su madre, Menc\u00eda de Aguilar?<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">En ese matrimonio hab\u00edan vuelto a emparentar dos familias de la \u00e9lite badajocense, ya estrechamente vinculadas por sus antecesores, los S\u00e1nchez de Badajoz y los Suarez de Figueroa. Para saber de esa relaci\u00f3n, nada mejor que leer lo que sobre la Casa de los S\u00e1nchez de Badajoz escrib\u00eda Luis de Salazar y Castro a principios del siglo XVIII, texto en el que hemos destacado los nombres de los ascendientes de do\u00f1a Isabel de Aguilar y Figueroa [footnote]<em>Casa de Sanchez de Badajoz, Se\u00f1ores de Villa-nueva de Barca-Rota. Representaci\u00f3n, que haze Don Cristobal de Moscoso y Montemayor, Conde de las Torres, Marqu\u00e9s de Cvllera, Se\u00f1or de la Albvfera, Gentil-hombre de la Camara de su Magestad, y Capitan General de sus Exercitos AL REY NUESTRO SE\u00d1OR<\/em>. Madrid, 1722. El manuscrito de esta obra, conservado en la Real Academia de la Historia, fue redactado por Luis de Salazar y Castro, quien conoc\u00eda el err\u00f3neo parentesco que Silva Barreto atribu\u00eda a Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz con Mart\u00edn Y\u00e1\u00f1ez de la Barbuda. RAH, D-24, f. 122-144.[\/footnote]:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Don <strong>Alonso de Aguilar<\/strong>, que parece comunic\u00f3 la desgracia a Do\u00f1a Mencia su mujer, no hubo hijos en ella; aunque fuera del matrimonio en <strong>Cathalina Gon\u00e7alez<\/strong>, mujer soltera, y de buen Linage de Badajoz, hubo a Do\u00f1a <strong>Elvira de Aguilar<\/strong>, que fue legitimada por el rey Juan II y hered\u00f3 a su padre lo que recibi\u00f3 por recompensa de su derecho a la Casa de Aguilar. Casola su padre en la misma Casa que \u00e9l, pues fue su marido <strong>Bartholom\u00e9 Sanchez de Badajoz<\/strong>, no hermano de don Mart\u00edn Ya\u00f1ez de la Barbuda, Maestre de Avis, y de Alcantara, como quieren algunos, sino de la misma casa que aqu\u00ed se escribe de los Se\u00f1ores de Villanueva. Y el a\u00f1o de 1479 en que venci\u00f3 el pleito que sobre 150 yugadas de tierra y las Casas de Santa Ella trataba con Don Alonso Se\u00f1or de la Casa de Aguilar, su primo segundo y ermano mayor del Gran Capitan, hab\u00eda fallecido Bartholom\u00e9 Sanchez de Badajoz, y dexole tres hijos que fueron: <strong>Gon\u00e7alo Fernandes de Aguilar<\/strong>, <strong>Fernan Sanchez de Badajoz<\/strong> y Do\u00f1a <strong>Isabel de Aguilar<\/strong>, casada con <strong>Lorenzo Suarez de Mendoza<\/strong>, Se\u00f1or de los Arcos, Embajador de los Reyes Cath\u00f3licos en Venecia. El Fernan Sanchez de Badajoz fue padre de Do\u00f1a <strong>Mencia de Aguilar<\/strong>, mujer de <strong>Gon\u00e7\u00e1lo Ruiz de la Vega<\/strong>, comendador de Lob\u00f3n en la Orden de Santiago y Maestre Sala de los Reyes Catholicos, hijo ilegitimo de Lorenzo Suarez de Mendoza, Se\u00f1or de los Arcos (marido de su t\u00eda) y de Do\u00f1a Isabel Enriquez; y de esta uni\u00f3n nacieron, 1. <strong>Do\u00f1a Isabel de Aguilar, que cas\u00f3 con don Rodrigo de Orellana<\/strong>, Se\u00f1or de Orellana la Vieja, cuyos descendientes son por hembra los Marqueses de la Granja, y los Se\u00f1ores de los Leales, y lo fueron los Marqueses de Orellana de la Casa de Fonseca\u2026<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Los mismos datos sobre ese parentesco escribi\u00f3 Silva Barreto en su nobiliario:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\">\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Celebr\u00f3 Do\u00f1a Isabel de Aguilar su matrimonio en Badajoz con su primo hermano, Lorenzo Suarez de Figueroa y Mendoza, se\u00f1or de los Arcos, enbaxador de Venecia y Roma, cuarto hijo de Pedro Suarez de Figueroa doncel del Rey y de Do\u00f1a Blanca de Soto Mayor, su muger, se\u00f1ora de los Arcos, hermana de madre de Do\u00f1a Elvira de Aguilar y Figueroa, madre de la dicha do\u00f1a Isabel, de cuyo matrimonio no tuvieron hijos.<\/em><\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Hern\u00e1n Sanchez de Aguilar (hermano de do\u00f1a Isabel de Aguilar) cas\u00f3 con Do\u00f1a Catalina de Silva y fueron padres de Do\u00f1a Mencia de Aguilar y Do\u00f1a Elvira de Figueroa y Aguilar.<\/em><\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Do\u00f1a Men\u00e7ia de Aguilar cas\u00f3 en Badaxoz con Gonzalo Ryuz de Figueroa comendador de Lob\u00f3n en la Horden de Santiago embaxador de Venecia \u2026 fueron hijos suyos:<\/em><\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Do\u00f1a Isabel de Aguilar y Figueroa que cas\u00f3 en Truxillo con Rodrigo de Orellana se\u00f1or de Orellana la Vieja. <\/em>(\u2026) [footnote]SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Nobleza de Extremadura<\/em>. RAH, fol. 365 y 366.[\/footnote]<\/p>\r\n\r\n<\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">En el \u00e1rbol geneal\u00f3gico siguiente se resume el parentesco de los citados:<\/p>\r\n\r\n\r\n[caption id=\"attachment_241\" align=\"aligncenter\" width=\"500\"]<a href=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_1.jpg\"><img class=\"wp-image-241\" src=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_1.jpg#fixme\" alt=\"L\u00e1mina 1. Sucesi\u00f3n de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz\" width=\"500\" height=\"361\" \/><\/a> L\u00e1mina 1. Sucesi\u00f3n de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz[\/caption]\r\n<p style=\"text-align: justify;\">La figura del padre de Isabel de Aguilar y Figueroa -Gonzalo Ruiz de Figueroa- es bien conocida;\u00a0 y m\u00e1s a\u00fan la de su abuelo, Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza, en especial en lo concerniente a su matrimonio con Isabel de Aguilar, por lo que nos remitimos a las obras citadas de R\u00fajula Ochotorena y del Solar y a la m\u00e1s reciente de Tejada Vizuete [footnote]Ver <a href=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/chapter\/capitulo-5-isabel-del-aguilar-y-figueroa-propietaria-casas-principales-del-castillo-badajoz\/#footnote-91-3\">Nota 3 del cap\u00edtulo 5<\/a>.[\/footnote]. En ella se recogen los documentos estudiados por Cooper y Vaquero Serrano por los que se conocen los pleitos que Gonzalo Ruiz de Figueroa mantuvo con su t\u00edo Garci Lasso, en quien hab\u00eda reca\u00eddo el mayorazgo de los Arcos. Gonzalo, por causa de su ilegitimidad, no pudo suceder a su padre Lorenzo en el mayorazgo de Los Arcos, para quien lo hab\u00edan fundado sus abuelos (Pedro Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza y Blanca de Sotomayor) pasando al tercero de los hijos de estos, Garci Lasso, tal como preve\u00eda el testamento [footnote]SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 4-v.[\/footnote]:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>\u2026que qeremos e mandamos que el dicho Loren\u00e7o Suarez de Mendo\u00e7a nuestro fijo aya de nos el dicho lugar de los Arcos, con la dicha casa y torre, y Fortale\u00e7a del, y vi\u00f1as. Guertas y todo lo otro que es en el dicho lugar de los Arcos\u2026 y si fijos nin fijas ligitimas non uviere seg\u00fan dicho es, que el dicho Mayorazgo y lugar de los Arcos, e las otras dichas cosas que las Aya y herede el dicho Gar\u00e7ilaso nuestro fijo por subse\u00e7ion del dicho Loren\u00e7o Suares, y de los otros que dichos son y que en su lugar sub\u00e7eda e el dicho Mayorazgo su hijo mayor ligitimo\u2026<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Gonzalo Ruiz de Figueroa no debi\u00f3 desocupar la fortaleza de los Arcos (L\u00e1m. 2) tras la muerte de su padre, obligando al leg\u00edtimo sucesor en el mayorazgo, su t\u00edo Garci Lasso, a ordenar poner cerco al castillo en 1506 [footnote]COOPER, E.: <em>Castillos Se\u00f1oriales de Castilla. Siglos XV y XVI<\/em>. 1980, p. 285. Cita el siguiente documento: \"<em>Don Fernando don Felipe do\u00f1a Juana, etc a vos el bachiller Fernan Barba alcalde de Badajoz salud e gracia: s\u00e9pades que por parte de Gomez Ruiz de Figueroa nuestro embaxador de la se\u00f1or\u00eda de Vene\u00e7ia nos fue fecha rrelaci\u00f3n\u2026 que teniendo e poseyendo el pac\u00edficamente la fortaleza de Los Arcos por justos e derechos t\u00edtulos y teniendo en ella puesto su allcaide diz que don Garcia Laso de la Vega comendador mayor de Leon su tio de fecho y contra derecho a yntentado e yntenta de la tomar la dicha fortaleza\u2026 e que la tiene cercada proveyendo que no entre en ella bastimentos algunos\u2026 e por su parte nos fue suplicado \u2026 le mand\u00e1semos proveer e rremediar sobre los suso dicho.<\/em>\" En:<em> Mandamiento Real dado en Valladolid el 9 de abril de 1506 a Fern\u00e1n Barba para que dispersara la tropas sitiadoras e hiciera que los contendientes facilitaran la documentaci\u00f3n de sus t\u00edtulos de propiedad.<\/em> AGC, (S), abril 1506, sin foliar.[\/footnote]. Gonzalo Ruiz lleg\u00f3 a pedir protecci\u00f3n real aduciendo su derecho en la sucesi\u00f3n de su padre, aunque por fuerza habr\u00eda de saber que la sucesi\u00f3n en este mayorazgo, por su ilegitimidad, no le correspond\u00eda.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Del enfrentamiento entre ambos logr\u00f3 Garci Lasso lo que por derecho le pertenec\u00eda: el 20 de julio de ese mismo a\u00f1o le fue concedida la posesi\u00f3n de los Arcos por el rey Felipe [footnote]En ello influy\u00f3 no s\u00f3lo su derecho, sino el apoyo que dio Garcilaso al rey Felipe frente a su suegro Fernando, seg\u00fan P\u00c9REZ BUSTAMANTE, R. y CALDER\u00d3N ORTEGA, J.M.: <em>Felipe I (1506)<\/em>. Palencia, 1995, pp. 243 y 245.[\/footnote]. A\u00f1os despu\u00e9s el castillo de Los Arcos vuelve a aparecer en las cr\u00f3nicas siendo ya propiedad de su hijo Pedro Lasso de la Vega, pues all\u00ed \u00a0se refugi\u00f3 tras su participaci\u00f3n en la revuelta comunera[footnote]Don Pedro Lasso de la Vega en su testamento: \u201c<em>\u2026declaro pertenecer al dicho Garcilaso mi hijo, el mayorazgo de los Arcos, que yo hube y hered\u00e9 del dicho Garcilaso de la Vega, comendador, mi padre, que haya gloria, y \u00e9l lo hubo por fin y muerte de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa, su hermano, conforme al testamento y mayorazgo de Pedro Su\u00e1rez de Figueroa y do\u00f1a Blanca de Sotomayor, su mujer, mis se\u00f1ores abuelos, que hayan gloria\u2026.<\/em>\u201d. Tomado de SLIWA, K.: <em>Cartas, documentos y escrituras de Garcilaso de la Vega y sus familiares<\/em>. 2006. p. 260.[\/footnote] obligando a que el castillo fuera tomado y en parte destruido en 1523 por las tropas reales al mando de Beltr\u00e1n de Robles [footnote]\"<em>D. Pedro Laso<\/em> [...]<em> estaba en su castillo encastillado con gente, que es frontero de Portugal. Su Majestad envi\u00f3 all\u00e1 a D. Beltr\u00e1n de Robles, capit\u00e1n de la puerta, con gente y artiller\u00eda, el cual cobr\u00f3 el castillo sin detenimiento ninguno y lo tiene el dicho D. Beltr\u00e1n hasta que Su Majestad disponga de \u00e9l\u2026\"<\/em> RODR\u00cdGUEZ VILLA, A.: <em>El emperador Carlos V y su corte, seg\u00fan las cartas de don Mart\u00edn de Salinas, embajador del infante don Fernando<\/em>, Madrid, 1903, p. 154. Citado en VAQUERO SERRANO, M.C.: <em>Do\u00f1a Beatriz de S\u00e1, la Elisa posible de Garcilaso, su genealog\u00eda<\/em>\u201d, cita final 99. [\/footnote].<\/p>\r\n\r\n\r\n[caption id=\"attachment_242\" align=\"aligncenter\" width=\"500\"]<a href=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_2.jpg\"><img class=\"wp-image-242\" src=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_2.jpg#fixme\" alt=\"L\u00e1mina 1. Castillo de los Arcos, cerca de Almendral, Badajoz. \u00bfFUENTE?\" width=\"500\" height=\"257\" \/><\/a> L\u00e1mina 2. Castillo de los Arcos, cerca de Almendral, Badajoz.[\/caption]\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Menos conocido es que Gonzalo Ruiz de Figueroa sucedi\u00f3 en 1505 a su padre en la embajada en Venecia s\u00f3lo unos meses y a su vuelta a Castilla fue nombrado Comendador de L\u00f3b\u00f3n en la Orden de Santiago. Tambi\u00e9n pleite\u00f3 con Isabel de Aguilar, la esposa de su padre, por los bienes libres de \u00e9ste, y\u00a0que la soluci\u00f3n que se dio para poner fin a ese pleito fue el matrimonio de Gonzalo con Menc\u00eda, la sobrina de Isabel de Aguilar.<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>El dicho Gon\u00e7alo Ruyz de Figueroa puso pleito a su Madrastra do\u00f1a Ysabel de Aguilar por los bienes libres de su padre, y se compusieron tomando el medio de que casase el dicho Gon\u00e7alo Ruiz con Do\u00f1a Menc\u00eda de Aguilar, sobrina de la dicha Do\u00f1a Ysabel, hija de su hermano Hern\u00e1n Sanchez de Aguilar, Alcalde de sacas de Badaxos y su obispado y de do\u00f1a Cathalina de Silva su mujer; todo lo qual consta por escriptura de transa\u00e7i\u00f3n que se hizo en la villa de Lobon, lugar de su encomienda, en 20 de septiembre del A\u00f1o de 1514, que se otorg\u00f3 ante Francisco de Leon escribano de aquella villa.<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed lo relataba Silva y Barreto [footnote]SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 18-v. Id\u00e9ntica informaci\u00f3n recog\u00eda Luis de Salazar y Castro en su obra <em>Advertencias hist\u00f3ricas sobre las obras de algunos doctos escritores modernos\u2026<\/em>. 1688, p. 72.[\/footnote], por quien tambi\u00e9n sabemos que en ese matrimonio sin duda jugar\u00eda un activo papel Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar, padre de Menc\u00eda, a quien encontramos siendo testigo de la posesi\u00f3n que tomaba su yerno en 1509 del Patronazgo de la Capilla de la Encarnaci\u00f3n, donde estaba enterrado el padre de Gonzalo Ruiz de Figueroa, Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza [footnote]<em>\u00cdbid<\/em>., fol. 306-v.[\/footnote]:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Hernan S\u00e1nchez de Aguilar, hijo segundo de la dicha do\u00f1a Elvira de Aguilar y Bartholome Sanchez de Badajoz y Barbuda fue Alcalde de sacas perpetuo de Badajoz y su obispado y viv\u00eda al A\u00f1o de 1509 en que fue testigo con Gon\u00e7alo Peres Martel, Maestre de campo del tercio de Extremadura, de la Possesion que el obispo de la dicha ciudad mando dar de la capilla de nuestra se\u00f1ora de la encarnaci\u00f3n en la catedral de San Juan de badaxoz a Gon\u00e7alo Ruyz de Figueroa comendador de Lob\u00f3n, de quien luego se tratar\u00e1\u2026<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Con el matrimonio \u00a0de Gonzalo y Menc\u00eda no cesaron los pleitos, pues no fue hasta poco antes de su muerte cuando Gonzalo lleg\u00f3 a un acuerdo con su primo Pedro Laso de la Vega, hijo de Garci Laso, por el que renunciaba a sus pretensiones sobre la villa de Los Arcos y este a su vez sobre la sucesi\u00f3n en el patronazgo de la capilla de la Encarnaci\u00f3n [footnote]TEJADA VIZUETE, F.: <em>Notas sobre el noble caballero don Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y otros miembros de la familia (continuaci\u00f3n),<\/em> p. 340. Dicho acuerdo fue confirmado el 24 de enero de 1514 por bula del Papa Le\u00f3n X.[\/footnote]. Nada se dice en ese acuerdo sobre la posesi\u00f3n de la casa del castillo, lo que demuestra que no debi\u00f3 formar parte de los bienes libres de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza. Ese s\u00ed hab\u00eda sido el caso del patronazgo de la capilla de la Encarnaci\u00f3n, que recaer\u00eda tras la muerte de Gonzalo Ruiz de Figueroa en 1514 [footnote]La fecha de la muerte de Gonzalo se recoge en <em>Comendadores de la Orden de Santiago en la Provincia de Le\u00f3n<\/em>. BN, mss. 10996, fol. 136v y 136r. Citado por: AD\u00c1MEZ D\u00cdAZ, A.: <em>Los se\u00f1or\u00edos de Orellana la vieja y Orellana de la Sierra<\/em>, p. 81.[\/footnote] en sus hijas. As\u00ed lo escribe Silva Barreto [footnote]SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 306-v.[\/footnote]:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Hered\u00f3 de su Padre el dicho Gon\u00e7alo Ruiz de Figueroa la capilla de nuestra se\u00f1ora de la Encarnaci\u00f3n en la santa iglesia catedral de San Juan de Badaxoz porque no la hab\u00eda vinculado Loren\u00e7o Suarez de Figueroa. La qual heredaron sus hijas y vinieron los Fonsecas de Badaxoz a ser por casamiento Patronos della\u2026<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Do\u00f1a Isabel de Aguilar vio as\u00ed c\u00f3mo el patronazgo de la capilla de la Encarnaci\u00f3n de la catedral, con el lugar de su propio enterramiento ya dispuesto para ser compartido con su difunto marido, pasaba del hijo de \u00e9ste, Gonzalo Ruiz de Figueroa, a sus hijos Lorenzo, Isabel y Beatriz, nietos de Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar (y por tanto tambi\u00e9n sus propios sobrinos-nietos); tal vez por ello a\u00f1os despu\u00e9s prefiri\u00f3, como es bien conocido, inhumarse en el beaterio que ella misma hab\u00eda fundado, San Onofre, en vez de en el art\u00edstico sepulcro que su marido hab\u00eda dispuesto para ambos.<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Que mi cuerpo sea sepultado en la Hermita de se\u00f1or santo Onofre, que yo edifico junto a las casas de mi morada de cualquier manera que cuando fuere mi fallecimiento estuviere, porque a quien tanto persigui\u00f3 el mundo en la vida es muy justo que en la muerte le aborrezca y huya con todas sus onrras y pompas\u2026<\/em> [footnote]P\u00c9REZ, P. [El Licenciado Pero P\u00e9rez]: \"Testamento de Do\u00f1a Isabel de Aguilar\". En: <em>REEX<\/em>, t. XIV, 1940, vol. I, p. 19. Igual en TEJADA VIZUETE, F.: <em>Op. cit.<\/em>, p. 416.[\/footnote]<\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n dispuso en su testamento que quedara tras su muerte como patrona de la ermita de San Onofre su sobrina-nieta, Isabel de Aguilar y Figueroa.<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>\u2026 Item mando que Do\u00f1a Isabel de Aguilar, Hija de Do\u00f1a Menc\u00eda de Aguilar, mi sobrina, nieta de Lorenzo Suarez, mi se\u00f1or que aya gloria y del se\u00f1or Hernan S\u00e1nchez, mi hermano, sea patrona de la dicha capellan\u00eda y Hermita de Santo Onofre\u2026<\/em> [footnote]Destaca el modo en que describe su parentesco con su sobrina nieta Isabel de Aguilar y Figueroa, para evitar pronunciar el nombre del padre de \u00e9sta, Gonzalo Ruiz de Figueroa.[\/footnote]<\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Este es el \u00fanico legado que do\u00f1a Isabel de Aguilar dej\u00f3 a su sobrina-nieta hom\u00f3nima; en su testamento no hace ninguna menci\u00f3n a que entre sus posesiones estuviera la casa fuerte del castillo. Sabido es por ese documento cu\u00e1les eran las casas de su morada en su vejez, las que tras su muerte se destinaron al desaparecido convento de San Onofre, que estuvo en la calledel Pozo, actual calle del General Menacho. Mucho antes de esas casas, do\u00f1a Isabel hab\u00eda pose\u00eddo otras en el castillo, que hab\u00edan formado parte de la dote que su madre, ya viuda, junto con sus hermanos, le dieron para su matrimonio en 1481. Silva Barreto escribi\u00f3 que:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Do\u00f1a Isabel de Aguilar tercera hija de los dichos (Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz y Elvira de Aguilar) cas\u00f3 en Badaxoz como consta en la escritura de Dote y Donaci\u00f3n que la hizo y dio su madre la dicha Do\u00f1a Elvira de Aguilar y Figueroa, muger de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz y sus hijos Gonzalo Fernandez de Aguilar y Hernan Sanchez de Aguilar, la cual otorgaron todos y en ella de si Do\u00f1a Elvira como muger del dicho Bartolom\u00e9 Sanchez de Badaxoz entre otras cosas que se le dan son unas casas en el castilo que oy estan caydas pegadas a la Parroquial de Santa Mar\u00eda por la parte de abaxo la fecha en Badaxoz a seis de octubre a\u00f1o de 1481. Ante Pedro Sanchez vecino de Burguillos escribano del rey y su notario.<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero \u00e9stas no pueden ser las mismas casas que las del actual museo: de ellas claramente se indica que est\u00e1n \u201c<em>pegadas a la Parroquial de Santa Mar\u00eda por la parte de abaxo<\/em>\u201d, y Silva Barreto comenta que cuando \u00e9l escribe -a fines de la primera d\u00e9cada del siglo XVII- estaban ca\u00eddas, lo que en esa fecha no era el caso del edificio del museo. Las casas que recibi\u00f3 Isabel de Aguilar como dote ser\u00edan las que aparecen en varios planos del castillo de Badajoz, ya desde el de Suecia de 1645 (L\u00e1m. 3), en el extremo oeste de Santa Mar\u00eda, a los pies de la parte del templo que fueron las naves de la antigua mezquita de la alcazaba isl\u00e1mica.<\/p>\r\n\r\n\r\n[caption id=\"attachment_243\" align=\"aligncenter\" width=\"500\"]<a href=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_3.jpg\"><img class=\"wp-image-243\" src=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_3.jpg#fixme\" alt=\"L\u00e1mina 2. Detalle de la Iglesia de Santa Mar\u00eda del Castillo y sus casas anexas en el plano an\u00f3nimo del Archivo Militar de Estocolmo. Hacia 1645.\" width=\"500\" height=\"484\" \/><\/a> L\u00e1mina 3. Detalle de la Iglesia de Santa Mar\u00eda del Castillo y sus casas anexas en el plano an\u00f3nimo del Archivo Militar de Estocolmo. Hacia 1645.[\/caption]\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Por todo lo expuesto se ha de descartar que la casa fuerte hubiera sido propiedad de Isabel de Aguilar. Y tampoco lo fue de la familia de su marido, Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza, y que hubiera sido de \u00e9ste de quien la heredase Gonzalo Ruiz de Figueroa. De ser ese su origen, se vendr\u00eda a corroborar la atribuci\u00f3n tradicional del origen de estas casas en los Suarez de Figueroa, pero no porque hubieran sido propiedad del primer conde de Feria, Lorenzo, sino\u00a0 porque lo habr\u00edan sido de su hermano gemelo, Pedro Su\u00e1rez de Figueroa, y las hubiese heradado su hijo, Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza y de este Gonzalo Ruiz de Figueroa, padre de Isabel de Aguilar y Figueroa.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, no hemos encontrado ning\u00fan dato con el que confirmar esta hip\u00f3tesis. Ni la casa fuerte del castillo, ni tampoco ninguna otra en Badajoz, aparece entre los bienes que Pedro Su\u00e1rez de Figueroa y Blanca de Sotomayor incluyeron en el mayorazgo de los Arcos para su hijo Lorenzo. En la carta de testamento y fundaci\u00f3n del mayorazgo de los Arcos de 1474, conocido una vez m\u00e1s por Silva Barreto, hicieron una pormenorizada relaci\u00f3n de todos sus bienes, incluyendo varias casas en Badajoz. En primer lugar, por ser las de m\u00e1s valor, se hace menci\u00f3n a la propiedad que tienen de unas casas que fueron de Bartolom\u00e9 Rodriguez, tesorero, en Badajoz:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\">\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Yo el Rey por facer bien y Mer\u00e7ed a vos Pedro Suares de Figueroa\u00a0 y So\u00f1a Blanca de Soto Mayor vuestra muger y en la fecha desta facultad a 14 de Abril de 1471 A\u00f1os\u2026 que usando de la dicha Facultad para (\u2026) de la distribu\u00e7ion delos bienes en que los dichos nuestros herederos<\/em><\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Declaramos que los dichos bienes hay los que nos los dichos Pedro Suares y Do\u00f1a Blanca de Soto Mayor tenemos, son los que adelante dira en esta guisa= el nuestro lugar de los Arcos (\u2026); tenemos mas en la dicha ciudad de Badaxoz Las casas que fueron de Bartholome Rodriguez tesorero que fue que valen en precio 200D Maravedies, y otras casa en dicha ciudad en linde del solar de Don Pedro Ponce en que Mora el dicho Fernando de soto Mayor nuestro fijo, por valor de 50 d Maravedies, y otras casas en dicha \u00e7iudad a la Puerta de Yelves que valen 25D Maravedies y unos solares en dicha ciudad que alindan con casas del cabildo de la santa Yglesia Mayor, y la calle de abaxo\u2026<\/em> [footnote]SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 4 y ss.[\/footnote]<\/p>\r\n\r\n<\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">En el reparto de los bienes del testamento vemos como estas casas de Badajoz se distribuyeron entre sus restantes hijos, pero para Lorenzo s\u00f3lo se cita el castillo incluido en el mayorazgo de los Arcos [footnote]<em>\u00cdbid<\/em>, fol. 6.[\/footnote]:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\">\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Quel dicho gomez Suarez nuestro Fijo aya de nos\u2026 las casas dichas en badaxos que fueron del dicho tesorero, con las del dicho Luis Gon\u00e7ales en precio de 200 D maraved\u00edes\u2026<\/em><\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Que queremos que el dicho Fernando de Soto Mayor muestro hijo aya de nos las dichas casas en que mora que son en la dicha ciudad de Badaxoz en precio de 50 D maraved\u00edes\u2026<\/em><\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Gar\u00e7i Lasso\u2026 las dichas casas que compramos del dicho Alvaro Garc\u00eda a la puerta de Yelves\u2026<\/em><\/p>\r\n\r\n<\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Una vez descartado que la casa del castillo hubiera sido propiedad de de los abuelos paternos de Isabel de Aguilar y Figueroa, s\u00f3lo queda buscar su origen entre las propiedades de los abuelos maternos.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">El padre de Menc\u00eda de Aguilar fue Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar, hijo segundo de Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz y Elvira de Aguilar, y por tanto hermano de Isabel de Aguilar. El padre de ambos, Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz, fue un personaje destacado de la corte, escribano de C\u00e1mara y secretario de Juan II y Enrique IV entre 1453 y 1464. Por su testamento [footnote]<em>Testamento de Bartholom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz. 2 agosto 1463<\/em>. Citado por: RODR\u00cdGUEZ AMAYA, E.: \u201cA prop\u00f3sito de un documento\u201d. En: <em>REEX<\/em>, 1945, vol. I, p. 45.[\/footnote], redactado un a\u00f1o antes de su muerte, sabemos que ten\u00eda su casa en Badajoz, que heredar\u00eda su esposa Elvira:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Y por cuanto es mi voluntad que si la dha Do\u00f1a Elvira mi mujer me sobrare de dias como dho tengo aya de quedar por heredera de todos mis bienes muebles e raizes, avidos \u00e9 por aver (\u2026) y ansimismo de mi casa en la que agora bivo con todas las otras que yo en la dha Ciudad tengo, para que por en vida ella lo aya y posea y goze de ello y despu\u00e9s de sus dias aya de quedar \u00e1 nuestros herederos los que de ella y de mi quedaren\u2026<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Enviud\u00f3 pronto do\u00f1a Elvira, pues en 1464 Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez muri\u00f3 violentamente en Badajoz [footnote]As\u00ed se lee en el <em>Testimonio de c\u00f3mo es fenescido Bartolom\u00e9 de Badajoz<\/em>. AGS, Mercedes y Privilegios, leg. 104, fol. 65. Citado por DEL SOLAR Y TABOADA, A. y R\u00daJULA Y OCHOTORENA, J.: \u201cLos S\u00e1nchez de Badajoz (Bartolom\u00e9)\u201d. En: <em>Egregios Extreme\u00f1os<\/em>. Badajoz, 1946, p. 20. En poco tiempo, el 29 de agosto de 1465, Hern\u00e1n G\u00f3mez recibir\u00eda los \u201c<em>maraved\u00edes de mantenimiento, raci\u00f3n y quitaci\u00f3n<\/em>\u201d que hab\u00eda tenido Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez. AGS, QG, leg. 3, fol. 83. Citado por: DOM\u00cdNGUEZ VINAGRE, A.: <em>El Se\u00f1or\u00edo de Salvatierra en la Baja Edad Media<\/em>, p. 167. Un a\u00f1o despu\u00e9s pasar\u00edan a formar parte de un juro de heredad: AGS, MyP, leg. 63, fol. 9, seg\u00fan se expone en MORALES MU\u00d1IZ, M.D.C.: \u201cContribuci\u00f3n al estudio de la nobleza extreme\u00f1a durante el reinado de Alfonso XII de Castilla\u201d. <em>REE<\/em>, t. XLV, 1989, n\u00ba. 3, p. 527. La atribuci\u00f3n de su muerte al Conde de Feria que hace Dom\u00ednguez Vinagre en la obra citada no se sostiene, pues el documento en que se basa no se refiere al II Conde de Feria, sino a un hom\u00f3nimo hijo de Alonso Fern\u00e1ndez Caballero, quien hab\u00eda sido acusado de dar muerte a otro hom\u00f3nimo, Bartolom\u00e9 de Badajoz.[\/footnote], muerte de la que el Maestre de Alc\u00e1ntara, G\u00f3mez de Sol\u00eds, y su hermano Hern\u00e1n G\u00f3mez de Sol\u00eds fueron los\u00a0 principales beneficiados; y tal vez fueran tambi\u00e9n sus instigadores, atendiendo a las vanas explicaciones que sus hombres dieron en Valladolid intentando exculparles.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">De do\u00f1a Elvira de Aguilar nos dice Silva Barreto:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\">\r\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Murio la dicha Do\u00f1a Elvira de Aguilar y Figueroa muger del dicho Bartolom\u00e9 Sanchez de Badaxoz, en dos de febrero del a\u00f1o de 1496 que otorg\u00f3 su testamento en Badaxoz ante Alvar Peres escribano Publico y de los dos fueron hijos:<\/em><\/p>\r\n\r\n<ul>\r\n \t<li><em>Gonzalo Fernandez de Aguilar<\/em><\/li>\r\n \t<li><em>Hernan Sanchez de Aguilar<\/em><\/li>\r\n \t<li><em>Do\u00f1a Isabel de Aguilar<\/em><\/li>\r\n<\/ul>\r\n<\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Podemos imaginar la situaci\u00f3n de los miembros de esta familia hacia 1496: do\u00f1a Elvira, viuda de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz desde hace m\u00e1s de treinta a\u00f1os, ve acabar sus d\u00edas acompa\u00f1ada de su hijo Hern\u00e1n y sus nietas. De cuando en cuando recibe la visita de su hija Isabel de Aguilar, quien tiene su morada desde hace tiempo en las casas sobre las que acaba de fundar el beaterio de San Onofre en 1495, por bula recibida del Papa, seg\u00fan narra Solano [footnote]SOLANO DE FIGUEROA, J.: <em>Historia Eclesi\u00e1stica de la ciudad y Obispado de Badajoz<\/em>. Edici\u00f3n anotada de 2013, p. 466.[\/footnote]. Esta no ha tenido descendencia, y vive alejada de su esposo Lorenzo, quien por entonces es embajador en Roma, acompa\u00f1ado del que pronto ser\u00e1 su sucesor, su hijo Gonzalo Ruiz de Figueroa, que no lo es de do\u00f1a Isabel.\u00a0 El otro hermano, el primog\u00e9nito, Gonzalo, a\u00fan no ha tomado matrimonio.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">En 1506, diez a\u00f1os despu\u00e9s de fallecida do\u00f1a Elvira, Isabel de Aguilar ve declinar a\u00fan m\u00e1s su suerte. El hijo de su difunto marido, Gonzalo Ruiz de Figueroa, sucesor en la embajada de Venecia y reci\u00e9n nombrado comendador de Lob\u00f3n, le ha reclamado los bienes libres de su padre, entre ellos la capilla de la catedral donde unos meses atr\u00e1s hab\u00eda sido enterrado el cuerpo de su esposo Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza, trasladado desde Venecia, bajo una lauda en la que se indica que ella, tras su muerte, tambi\u00e9n reposar\u00e1 all\u00ed.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">En 1519, cuando hace testamento do\u00f1a Isabel, su suerte no ha mejorado. Su hermano mayor, Gonzalo Fern\u00e1ndez de Aguilar, hab\u00eda fallecido poco antes sin tener sucesi\u00f3n leg\u00edtima, dejando su hacienda menguada y varios hijos naturales. As\u00ed lo dice la propia do\u00f1a Isabel en su testamento [footnote]P\u00c9REZ, P. [El Licenciado Pero P\u00e9rez]: <em>Op. cit.<\/em>, p. 19. Al igual que hac\u00eda varias hojas atr\u00e1s, donde no nombraba al hijo de su marido, Gonzalo Ruiz de la Vega, aqu\u00ed tampoco quiso Isabel de Aguilar escribir el nombre de su hermano Gonzalo Fernandez de Aguilar, a quien cita s\u00f3lo como \u201c<em>el Thesorero<\/em>\u201d.[\/footnote] al describir sus bienes:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>\u2026 e dos piedras del molino del Rostro, de tres que en \u00e9l muelen, la una es del se\u00f1or hernan sanchez, e las dos mias, porque la una me cupo de mi herencia y la otra compre <strong>de mi hermano, el Thesorero, que santa gloria aya<\/strong>, e una vi\u00f1a de las dos que yo tengo en sancha brava, e Catalina mi esclava, porque al tiempo de su fallecimiento yo pague por \u00e9l al se\u00f1or hernan sanchez, mi hermano, treinta mil mrs <strong>que devia<\/strong> de las deudas e descargos de mi madre e se\u00f1ora, que aya gloria, porque a cada uno de nosotros cupo otro tanto a pagar, e mas otras deudas a mercaderes e a otras personas <strong>que yo pague por el<\/strong>, que montaban mas de otras sesenta mil mrs. Lo qual yo pague por su mandado en diversas Veces el precio de la dicha piedra de molino e de la vi\u00f1a e esclava, <strong>y el ansi me las dio aunque no val\u00edan tanto, no contando lo que a sus hijos di, los quales me dexo enconmendados<\/strong>.<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Nada dice do\u00f1a Isabel de ninguna casa en el castillo. S\u00f3lo deudas hered\u00f3 de su madre, do\u00f1a Elvira, y muchas m\u00e1s a\u00fan de su hermano Gonzalo Fern\u00e1ndez de Aguilar, a quien hubo de ayudar compr\u00e1ndole, sobrevalorada, su exigua herencia, y quien adem\u00e1s la dej\u00f3 al cuidado de sus hijos [footnote]Los problemas econ\u00f3micos de Gonzalo los vemos en otro documento: \"<em>Gon\u00e7alo Fern\u00e1ndez de Aguilar, ve\u00e7ino de Badajoz. Don Fernando e do\u00f1a Ysabel, por la gra\u00e7ia de Dios et\u00e7\u00e9tera. A vos el que es o fuere nuestro corregidor o juez de resyden\u00e7ia de la \u00e7ibdad de Badajoz o vuestro alcalde en el dicho ofi\u00e7io, salud e gra\u00e7ia. Sepades que Gon\u00e7alo de Aguilar, ve\u00e7ino desa dicha \u00e7ibdad nos fizo rela\u00e7i\u00f3n por su peti\u00e7i\u00f3n que ante nos en el nuestro Consejo present\u00f3, diziendo que \u00e9l a tenido \u00e7iertas contrata\u00e7iones con Diego de la Rocha ve\u00e7ino de la dicha \u00e7ibdad de Badajoz, el qual diz que contra el thenor e forma de las leyes de nuestros reynos e syn temor de las penas en ellas contenidas diz que le a llevado muchas cont\u00edas de maraved\u00eds de usura e logro, e como quier que por su parte diz que a sydo requerido que le torne e restituya todo lo que asy diz que le a llevado a usura e logro, diz que lo no a querido ni quiere fazer poniendo a ello sus escusas e dila\u00e7iones yndevidas, de que \u00e9l a re\u00e7ibido e re\u00e7ibe mucho agravio e da\u00f1o<\/em>\". En <em>Que el corregidor de Badajoz determine, seg\u00fan las leyes, sobre la acusaci\u00f3n que Gonzalo Fern\u00e1ndez de Aguilar, vecino de Badajoz, ha puesto por usura contra Diego de la Rocha<\/em>. AGS, RGS, leg. 149908, fol. 180.[\/footnote]; sucesi\u00f3n ileg\u00edtima, como detalla Silva Barreto [footnote]SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 367-r y 368-v.[\/footnote]:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Gonzalo Fernandez de Aguilar, hijo Mayor de Do\u00f1a Elvira de Aguilar y Bartholom\u00e9 Sanchez de badaxoz y Barbuda y nieto por su madre legitima de Alfonso de Aguilar el Desheradado de la casa de Aguilar y Hestado de Priego vasallo del Rey, y de Mencia Vazquez de Goes su muger Se\u00f1ora de la villa y castillo de Los Arcos y de los Grandes Heredamientos y Mayorazgo de los\u00a0 caballeros Sanchez de Badaxoz conquistadores de la ciudad, fue Gon\u00e7alo Fernandez de Aguilar vecino de Badaxos y no ay noticia de su casamiento pero aseguran que dexo su Posteridad legitima en dicha ciudad\u2026<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">S\u00f3lo una de estas hijas de Gonzalo de Aguilar, Elvira, es citada expresamente en el testamento de do\u00f1a Isabel:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Iten mando que a mi sobrina Elvira Sanchez se den quarenta mil mrs. de los que don pedro laso me a de dar, e que de la ropa que en mi\u00a0 casa ubiere se le de tres colchones de los mexores e quatro sabanas e quatro almohadas<\/em> (\u2026)<em> e que la vistan de nuevo seg\u00fan el avito de la orden que tomare, porque para ser Religiosa le mando dar los dichos mrs. E Ropas, e <strong>pido por merced a el se\u00f1or Hernando Sanchez que tenga memoria que es hija de su hermano<\/strong><\/em> (\u2026)<\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Acept\u00f3 Elvira S\u00e1nchez (o de Aguilar) la dote que su t\u00eda Isabel de Aguilar dispuso para que entrara monja \u201c<em>en la orden que ella eligiese<\/em>\u201d. Solano [footnote]SOLANO DE FIGUEROA, J.: <em>Op. cit.<\/em>, p. 467.[\/footnote] relata que:<\/p>\r\n\r\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Entre estas prudentes y castas doncellas se cri\u00f3 do\u00f1a Elvira de Aguilar, sobrina de do\u00f1a Isabel, y reconociendo que ser\u00eda mejor reducirse a estado religioso, pidi\u00f3 a la santa sede apost\u00f3lica la regla y h\u00e1bito de San Ger\u00f3nimo y el sant\u00edsimo Paulo tercero, al sexto a\u00f1o de su pontificado, lo concedi\u00f3 graciosamente <\/em>(\u2026)<em> y que en profesando do\u00f1a Elvira quedase por priora del nuevo convento.<\/em><\/div>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Escap\u00f3 as\u00ed de heredar esta Elvira de Aguilar tambi\u00e9n el aciago destino de su bisabuela hom\u00f3nima. El mismo infortunio que la anterior Elvira de Aguilar vio sufrir durante a\u00f1os a su padre, Alonso de Aguilar, el Desheredado de la casa de C\u00f3rdoba, de quien ya se dec\u00eda \u201c<em>que tal vez transmiti\u00f3 su desgracia<\/em>\u201d a su esposa, Menc\u00eda V\u00e1zquez de Goes, con quien no tuvo hijos. A\u00f1os de viudedad en soledad vivi\u00f3 aquella Elvira tras la violenta p\u00e9rdida de su marido, Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz; viudedad prolongada que compartieron su hija, Isabel de Aguilar, o la sobrina nieta de \u00e9sta, Isabel de Aguilar y Orellana. Repetido triste destino en que la viudedad alternaba con la falta de posteridad, o con la temprana muerte de los primog\u00e9nitos, transmitido generaci\u00f3n tras generaci\u00f3n en esta familia, y a\u00fan m\u00e1s tarde entre los poseedores de las casas principales del castillo de Badajoz.<\/p>\r\n<p style=\"text-align: justify;\">Podemos concluir en que la casa fuerte del castillo de Badajoz no fue propiedad de Isabel de Aguilar, no form\u00f3 parte del mayorazgo de los Arcos, no habr\u00eda sido tampoco uno de los bienes no vinculados de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza, y tampoco llego a ser propiedad de Gonzalo Ruiz de Figueroa. Por tanto, s\u00f3lo queda una explicaci\u00f3n para que las casas principales hubieran llegado a ser propiedad de Isabel de Aguilar y Figueroa: que hubiera sido la casa de sus bisabuelos Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz y Elvira de Aguilar, tal como m\u00e1s de dos siglos despu\u00e9s todav\u00eda recordaba Silva Barreto. Tras la muerte del primog\u00e9nito de \u00e9stos, Gonzalo de Aguilar, sin sucesi\u00f3n leg\u00edtima,\u00a0 y de su segunda hija, Isabel de Aguilar, tambi\u00e9n sin sucesores, debi\u00f3 de heredar la casa Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar. De Hern\u00e1n\u00a0S\u00e1nchez pasar\u00eda a su hija Menc\u00eda, viuda de Gonzalo Ruiz de Figueroa; y de Menc\u00eda a Isabel de Aguilar de Figueroa.<\/p>\r\n<p class=\"wp-image-240\" style=\"text-align: justify;\">Si fueron Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz y Elvira de Aguilar quienes realmente edificaron la casa fuerte, como aseguraba Silva Barreto, no lo podemos saber.\u00a0Elvira de Aguilar, la hija legitimada de Alonso de Aguilar, no hered\u00f3 ninguna propiedad en Badajoz, s\u00f3lo sabemos por su testamento[footnote]Testamento otorgado por Alfonso Fern\u00e1ndez de C\u00f3rdoba, llamado el Desheredado, de Aguilar. RAH. M-49, f\u00ba 309 a 310 v. As\u00ed lo firmaba el12 de noviembre de 1453, teniendo como testigos a Arias Mosquera de Moscoso, regidor y a Bartolom\u00e9 P\u00e9rez, tesorero de la ciudad: \"E por quanto yo ove a la dha D\u00aa Elvira mi fija en Catalina Gonzalez siendo doncella virgen y soltera sin ser desposada con ninguno. E por hacer bien y\u00a0 a mi y a la dha mi fija a mi soplicacion el dho Sr. Rey por su carta firmada de su nombre y sellada con su sello la legitim\u00f3 .[\/footnote] que le legaba una casa en Cordoba, parca herencia que refleja la dif\u00edcil situaci\u00f3n en que qued\u00f3 como resultado de los continuos\u00a0pleitos que mantuvo por recuperar el mayorazgo que le fue negado por su abuelo. Tampoco pudo\u00a0la casa formar parte de las propiedades que Alonso de Aguilar obtuviera por su matrimonio, pues los bienes y privilegios de su esposa , Menc\u00eda V\u00e1zquez de Goes,\u00a0 los recibi\u00f3\u00a0Blanca de Sotomayor, la hija de su primer matrimonio con Hernando de Sotomayor, se\u00f1or de Botoa.\u00a0 Menc\u00eda V\u00e1zquez de Goes gozaba a\u00fan de una situaci\u00f3n privilegiada, pese a haber sido despose\u00edda del se\u00f1or\u00edo de Barcarrota en 1444, y que hab\u00eda pertenecido durante d\u00e9cadas a los S\u00e1nchez de Badajoz.<\/p>\r\n<p class=\"wp-image-240\" style=\"text-align: justify;\">De los progenitores de Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz no se tiene noticia, salvo el nombre de su madre, Leonor Alf\u00f3n, quien aparece represent\u00e1ndolo para adquirir una propiedades en 1452, por trueque con el cabildo de la catedral de tres casas a cambio de un juro de mil maraved\u00edes[footnote]ACB, leg. 209, n\u00ba 4131. De ese trueque daban ya noticia Del Solar y R\u00fajula a partir de otra copia del documento conservada en Simancas: DEL SOLAR Y TABOADA, A. y R\u00daJULA Y OCHOTORENA, J.: <em>Egregios extreme\u00f1os<\/em>, pp. 19 y ss.[\/footnote]:<\/p>\r\n<p class=\"wp-image-240\" style=\"text-align: justify;\">\"<em>... de su nonbre e signada de escrivano p\u00fablico por \u00e7ierto troque e cambio que entre el dicho cabilldo de la dicha eglesia e thesorero e canonigos della e Leonor Alfon (o Alfonso), madre del dicho Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez en su nonbre pag\u00f3 con vienes, a saber que el dicho cabilldo e thesorero e canonigos de la dicha eglesia diese e con\u00e7ediese e trespasase en el dicho Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez e en sus erederos e sub\u00e7esores por juro de heredad para syenpre jam\u00e1s tres pares de casas que el dicho cabildo ha e tiene dentro en la dicha \u00e7ibdad por los dichos mil mrs., segund que m\u00e1s largamente en el dicho troque e canbio que en la dicha raz\u00f3n pas\u00f3 se contiene\u2026<\/em>\"<\/p>\r\n<p class=\"wp-image-240\" style=\"text-align: justify;\">No debieron de ser esas las casas en las que se edific\u00f3 el palacio, pues no se menciona en los documentos que hemos visto esa carga perpetua que ten\u00edan de mil maraved\u00edes. Pero si nos da prueba de\u00a0que Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz tuvo el poder suficiente para adquirir dentro del castillo de Badajoz las propiedades sobre las que edificar, como recordar\u00eda siglos despu\u00e9s Silva Barreto, <em>\"su casa fuerte y palacio, de f\u00e1brica majestuosa\".<\/em><\/p>","rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Isabel de Aguilar y Figueroa hab\u00eda retornado en 1532 desde Trujillo a Badajoz tras la muerte de su esposo, Rodrigo de Orellana. No hay noticia de que volviera a contraer matrimonio. De ella poco m\u00e1s se sabe, salvo que en esta ciudad\u00a0residi\u00f3 hasta el d\u00eda de su muerte en 1587, momento en el que su morada estaba en sus casas principales del castillo. Es de suponer que la casa formar\u00eda parte de su herencia; y, quiz\u00e1, pues no se conoce si a\u00fan viv\u00eda en ese a\u00f1o, a su regreso todav\u00eda era la residencia de su madre, Menc\u00eda. Su padre, Gonzalo Ruiz de Figueroa, hab\u00eda fallecido tiempo atr\u00e1s, en 1514.\u00a0 Desde esa fecha y por m\u00e1s de diez a\u00f1os tanto Isabel, como sus hermanos Lorenzo y Beatriz, y su madre Menc\u00eda, hab\u00edan quedado bajo la tutela de su abuelo \u2013y padre de Menc\u00eda\u2013 Hern\u00e1n Sanchez de Aguilar <a class=\"footnote\" title=\"As\u00ed se documenta en 1524 en un pleito en que Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar aparece como tutor y curador de sus nietos Lorenzo, Isabel y Beatriz, hijos de su hija Menc\u00eda. Este es el \u00fanico documento en que se hace referencia a este Lorenzo Suarez de Figueroa, hijo de Menc\u00eda y de Gonzalo Ruiz de Figueroa, pues en todas las cr\u00f3nicas geneal\u00f3gicas posteriores nunca se le menciona.\u00a0Pleito de Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar, vecino de Badajoz, abuelo y tutor de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y alcalde de sacas del obispado de Badajoz, y los dem\u00e1s herederos de Gonzalo Ru\u00edz de Figueroa, con el fiscal, Juan de Prado, sobre devoluci\u00f3n de unas multas puestas por el juez de comisi\u00f3n Antonio de Prado. AGS, CRC, 82, 8.\" id=\"return-footnote-37-1\" href=\"#footnote-37-1\" aria-label=\"Footnote 1\"><sup class=\"footnote\">[1]<\/sup><\/a>. \u00c9ste era el segundo hijo de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz y Elvira de Aguilar, de quienes Silva Barreto dec\u00eda que hab\u00edan sido fundadores\u00a0del palacio. Sin embargo, tradicionalmente se ha\u00a0atribuido su origen a la familia Suarez de Figueroa \u00bfQu\u00e9 hay de cierto en ello? \u00bfHab\u00eda sido la casa fuerte propiedad del padre de Isabel de Aguilar y Orellana, Gonzalo Ruiz de Figueroa o lo fue de su madre, Menc\u00eda de Aguilar?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En ese matrimonio hab\u00edan vuelto a emparentar dos familias de la \u00e9lite badajocense, ya estrechamente vinculadas por sus antecesores, los S\u00e1nchez de Badajoz y los Suarez de Figueroa. Para saber de esa relaci\u00f3n, nada mejor que leer lo que sobre la Casa de los S\u00e1nchez de Badajoz escrib\u00eda Luis de Salazar y Castro a principios del siglo XVIII, texto en el que hemos destacado los nombres de los ascendientes de do\u00f1a Isabel de Aguilar y Figueroa <a class=\"footnote\" title=\"Casa de Sanchez de Badajoz, Se\u00f1ores de Villa-nueva de Barca-Rota. Representaci\u00f3n, que haze Don Cristobal de Moscoso y Montemayor, Conde de las Torres, Marqu\u00e9s de Cvllera, Se\u00f1or de la Albvfera, Gentil-hombre de la Camara de su Magestad, y Capitan General de sus Exercitos AL REY NUESTRO SE\u00d1OR. Madrid, 1722. El manuscrito de esta obra, conservado en la Real Academia de la Historia, fue redactado por Luis de Salazar y Castro, quien conoc\u00eda el err\u00f3neo parentesco que Silva Barreto atribu\u00eda a Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz con Mart\u00edn Y\u00e1\u00f1ez de la Barbuda. RAH, D-24, f. 122-144.\" id=\"return-footnote-37-2\" href=\"#footnote-37-2\" aria-label=\"Footnote 2\"><sup class=\"footnote\">[2]<\/sup><\/a>:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Don <strong>Alonso de Aguilar<\/strong>, que parece comunic\u00f3 la desgracia a Do\u00f1a Mencia su mujer, no hubo hijos en ella; aunque fuera del matrimonio en <strong>Cathalina Gon\u00e7alez<\/strong>, mujer soltera, y de buen Linage de Badajoz, hubo a Do\u00f1a <strong>Elvira de Aguilar<\/strong>, que fue legitimada por el rey Juan II y hered\u00f3 a su padre lo que recibi\u00f3 por recompensa de su derecho a la Casa de Aguilar. Casola su padre en la misma Casa que \u00e9l, pues fue su marido <strong>Bartholom\u00e9 Sanchez de Badajoz<\/strong>, no hermano de don Mart\u00edn Ya\u00f1ez de la Barbuda, Maestre de Avis, y de Alcantara, como quieren algunos, sino de la misma casa que aqu\u00ed se escribe de los Se\u00f1ores de Villanueva. Y el a\u00f1o de 1479 en que venci\u00f3 el pleito que sobre 150 yugadas de tierra y las Casas de Santa Ella trataba con Don Alonso Se\u00f1or de la Casa de Aguilar, su primo segundo y ermano mayor del Gran Capitan, hab\u00eda fallecido Bartholom\u00e9 Sanchez de Badajoz, y dexole tres hijos que fueron: <strong>Gon\u00e7alo Fernandes de Aguilar<\/strong>, <strong>Fernan Sanchez de Badajoz<\/strong> y Do\u00f1a <strong>Isabel de Aguilar<\/strong>, casada con <strong>Lorenzo Suarez de Mendoza<\/strong>, Se\u00f1or de los Arcos, Embajador de los Reyes Cath\u00f3licos en Venecia. El Fernan Sanchez de Badajoz fue padre de Do\u00f1a <strong>Mencia de Aguilar<\/strong>, mujer de <strong>Gon\u00e7\u00e1lo Ruiz de la Vega<\/strong>, comendador de Lob\u00f3n en la Orden de Santiago y Maestre Sala de los Reyes Catholicos, hijo ilegitimo de Lorenzo Suarez de Mendoza, Se\u00f1or de los Arcos (marido de su t\u00eda) y de Do\u00f1a Isabel Enriquez; y de esta uni\u00f3n nacieron, 1. <strong>Do\u00f1a Isabel de Aguilar, que cas\u00f3 con don Rodrigo de Orellana<\/strong>, Se\u00f1or de Orellana la Vieja, cuyos descendientes son por hembra los Marqueses de la Granja, y los Se\u00f1ores de los Leales, y lo fueron los Marqueses de Orellana de la Casa de Fonseca\u2026<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los mismos datos sobre ese parentesco escribi\u00f3 Silva Barreto en su nobiliario:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\">\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Celebr\u00f3 Do\u00f1a Isabel de Aguilar su matrimonio en Badajoz con su primo hermano, Lorenzo Suarez de Figueroa y Mendoza, se\u00f1or de los Arcos, enbaxador de Venecia y Roma, cuarto hijo de Pedro Suarez de Figueroa doncel del Rey y de Do\u00f1a Blanca de Soto Mayor, su muger, se\u00f1ora de los Arcos, hermana de madre de Do\u00f1a Elvira de Aguilar y Figueroa, madre de la dicha do\u00f1a Isabel, de cuyo matrimonio no tuvieron hijos.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Hern\u00e1n Sanchez de Aguilar (hermano de do\u00f1a Isabel de Aguilar) cas\u00f3 con Do\u00f1a Catalina de Silva y fueron padres de Do\u00f1a Mencia de Aguilar y Do\u00f1a Elvira de Figueroa y Aguilar.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Do\u00f1a Men\u00e7ia de Aguilar cas\u00f3 en Badaxoz con Gonzalo Ryuz de Figueroa comendador de Lob\u00f3n en la Horden de Santiago embaxador de Venecia \u2026 fueron hijos suyos:<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Do\u00f1a Isabel de Aguilar y Figueroa que cas\u00f3 en Truxillo con Rodrigo de Orellana se\u00f1or de Orellana la Vieja. <\/em>(\u2026) <a class=\"footnote\" title=\"SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: Nobleza de Extremadura. RAH, fol. 365 y 366.\" id=\"return-footnote-37-3\" href=\"#footnote-37-3\" aria-label=\"Footnote 3\"><sup class=\"footnote\">[3]<\/sup><\/a><\/p>\n<\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el \u00e1rbol geneal\u00f3gico siguiente se resume el parentesco de los citados:<\/p>\n<figure id=\"attachment_241\" aria-describedby=\"caption-attachment-241\" style=\"width: 500px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_1.jpg\"><img class=\"wp-image-241\" src=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_1.jpg#fixme\" alt=\"L\u00e1mina 1. Sucesi\u00f3n de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz\" width=\"500\" height=\"361\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-241\" class=\"wp-caption-text\">L\u00e1mina 1. Sucesi\u00f3n de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz<\/figcaption><\/figure>\n<p style=\"text-align: justify;\">La figura del padre de Isabel de Aguilar y Figueroa -Gonzalo Ruiz de Figueroa- es bien conocida;\u00a0 y m\u00e1s a\u00fan la de su abuelo, Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza, en especial en lo concerniente a su matrimonio con Isabel de Aguilar, por lo que nos remitimos a las obras citadas de R\u00fajula Ochotorena y del Solar y a la m\u00e1s reciente de Tejada Vizuete <a class=\"footnote\" title=\"Ver Nota 3 del cap\u00edtulo 5.\" id=\"return-footnote-37-4\" href=\"#footnote-37-4\" aria-label=\"Footnote 4\"><sup class=\"footnote\">[4]<\/sup><\/a>. En ella se recogen los documentos estudiados por Cooper y Vaquero Serrano por los que se conocen los pleitos que Gonzalo Ruiz de Figueroa mantuvo con su t\u00edo Garci Lasso, en quien hab\u00eda reca\u00eddo el mayorazgo de los Arcos. Gonzalo, por causa de su ilegitimidad, no pudo suceder a su padre Lorenzo en el mayorazgo de Los Arcos, para quien lo hab\u00edan fundado sus abuelos (Pedro Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza y Blanca de Sotomayor) pasando al tercero de los hijos de estos, Garci Lasso, tal como preve\u00eda el testamento <a class=\"footnote\" title=\"SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: Op. cit., fol. 4-v.\" id=\"return-footnote-37-5\" href=\"#footnote-37-5\" aria-label=\"Footnote 5\"><sup class=\"footnote\">[5]<\/sup><\/a>:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>\u2026que qeremos e mandamos que el dicho Loren\u00e7o Suarez de Mendo\u00e7a nuestro fijo aya de nos el dicho lugar de los Arcos, con la dicha casa y torre, y Fortale\u00e7a del, y vi\u00f1as. Guertas y todo lo otro que es en el dicho lugar de los Arcos\u2026 y si fijos nin fijas ligitimas non uviere seg\u00fan dicho es, que el dicho Mayorazgo y lugar de los Arcos, e las otras dichas cosas que las Aya y herede el dicho Gar\u00e7ilaso nuestro fijo por subse\u00e7ion del dicho Loren\u00e7o Suares, y de los otros que dichos son y que en su lugar sub\u00e7eda e el dicho Mayorazgo su hijo mayor ligitimo\u2026<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Gonzalo Ruiz de Figueroa no debi\u00f3 desocupar la fortaleza de los Arcos (L\u00e1m. 2) tras la muerte de su padre, obligando al leg\u00edtimo sucesor en el mayorazgo, su t\u00edo Garci Lasso, a ordenar poner cerco al castillo en 1506 <a class=\"footnote\" title=\"COOPER, E.: Castillos Se\u00f1oriales de Castilla. Siglos XV y XVI. 1980, p. 285. Cita el siguiente documento: &quot;Don Fernando don Felipe do\u00f1a Juana, etc a vos el bachiller Fernan Barba alcalde de Badajoz salud e gracia: s\u00e9pades que por parte de Gomez Ruiz de Figueroa nuestro embaxador de la se\u00f1or\u00eda de Vene\u00e7ia nos fue fecha rrelaci\u00f3n\u2026 que teniendo e poseyendo el pac\u00edficamente la fortaleza de Los Arcos por justos e derechos t\u00edtulos y teniendo en ella puesto su allcaide diz que don Garcia Laso de la Vega comendador mayor de Leon su tio de fecho y contra derecho a yntentado e yntenta de la tomar la dicha fortaleza\u2026 e que la tiene cercada proveyendo que no entre en ella bastimentos algunos\u2026 e por su parte nos fue suplicado \u2026 le mand\u00e1semos proveer e rremediar sobre los suso dicho.&quot; En: Mandamiento Real dado en Valladolid el 9 de abril de 1506 a Fern\u00e1n Barba para que dispersara la tropas sitiadoras e hiciera que los contendientes facilitaran la documentaci\u00f3n de sus t\u00edtulos de propiedad. AGC, (S), abril 1506, sin foliar.\" id=\"return-footnote-37-6\" href=\"#footnote-37-6\" aria-label=\"Footnote 6\"><sup class=\"footnote\">[6]<\/sup><\/a>. Gonzalo Ruiz lleg\u00f3 a pedir protecci\u00f3n real aduciendo su derecho en la sucesi\u00f3n de su padre, aunque por fuerza habr\u00eda de saber que la sucesi\u00f3n en este mayorazgo, por su ilegitimidad, no le correspond\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Del enfrentamiento entre ambos logr\u00f3 Garci Lasso lo que por derecho le pertenec\u00eda: el 20 de julio de ese mismo a\u00f1o le fue concedida la posesi\u00f3n de los Arcos por el rey Felipe <a class=\"footnote\" title=\"En ello influy\u00f3 no s\u00f3lo su derecho, sino el apoyo que dio Garcilaso al rey Felipe frente a su suegro Fernando, seg\u00fan P\u00c9REZ BUSTAMANTE, R. y CALDER\u00d3N ORTEGA, J.M.: Felipe I (1506). Palencia, 1995, pp. 243 y 245.\" id=\"return-footnote-37-7\" href=\"#footnote-37-7\" aria-label=\"Footnote 7\"><sup class=\"footnote\">[7]<\/sup><\/a>. A\u00f1os despu\u00e9s el castillo de Los Arcos vuelve a aparecer en las cr\u00f3nicas siendo ya propiedad de su hijo Pedro Lasso de la Vega, pues all\u00ed \u00a0se refugi\u00f3 tras su participaci\u00f3n en la revuelta comunera<a class=\"footnote\" title=\"Don Pedro Lasso de la Vega en su testamento: \u201c\u2026declaro pertenecer al dicho Garcilaso mi hijo, el mayorazgo de los Arcos, que yo hube y hered\u00e9 del dicho Garcilaso de la Vega, comendador, mi padre, que haya gloria, y \u00e9l lo hubo por fin y muerte de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa, su hermano, conforme al testamento y mayorazgo de Pedro Su\u00e1rez de Figueroa y do\u00f1a Blanca de Sotomayor, su mujer, mis se\u00f1ores abuelos, que hayan gloria\u2026.\u201d. Tomado de SLIWA, K.: Cartas, documentos y escrituras de Garcilaso de la Vega y sus familiares. 2006. p. 260.\" id=\"return-footnote-37-8\" href=\"#footnote-37-8\" aria-label=\"Footnote 8\"><sup class=\"footnote\">[8]<\/sup><\/a> obligando a que el castillo fuera tomado y en parte destruido en 1523 por las tropas reales al mando de Beltr\u00e1n de Robles <a class=\"footnote\" title=\"&quot;D. Pedro Laso [...] estaba en su castillo encastillado con gente, que es frontero de Portugal. Su Majestad envi\u00f3 all\u00e1 a D. Beltr\u00e1n de Robles, capit\u00e1n de la puerta, con gente y artiller\u00eda, el cual cobr\u00f3 el castillo sin detenimiento ninguno y lo tiene el dicho D. Beltr\u00e1n hasta que Su Majestad disponga de \u00e9l\u2026&quot; RODR\u00cdGUEZ VILLA, A.: El emperador Carlos V y su corte, seg\u00fan las cartas de don Mart\u00edn de Salinas, embajador del infante don Fernando, Madrid, 1903, p. 154. Citado en VAQUERO SERRANO, M.C.: Do\u00f1a Beatriz de S\u00e1, la Elisa posible de Garcilaso, su genealog\u00eda\u201d, cita final 99.\" id=\"return-footnote-37-9\" href=\"#footnote-37-9\" aria-label=\"Footnote 9\"><sup class=\"footnote\">[9]<\/sup><\/a>.<\/p>\n<figure id=\"attachment_242\" aria-describedby=\"caption-attachment-242\" style=\"width: 500px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_2.jpg\"><img class=\"wp-image-242\" src=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_2.jpg#fixme\" alt=\"L\u00e1mina 1. Castillo de los Arcos, cerca de Almendral, Badajoz. \u00bfFUENTE?\" width=\"500\" height=\"257\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-242\" class=\"wp-caption-text\">L\u00e1mina 2. Castillo de los Arcos, cerca de Almendral, Badajoz.<\/figcaption><\/figure>\n<p style=\"text-align: justify;\">Menos conocido es que Gonzalo Ruiz de Figueroa sucedi\u00f3 en 1505 a su padre en la embajada en Venecia s\u00f3lo unos meses y a su vuelta a Castilla fue nombrado Comendador de L\u00f3b\u00f3n en la Orden de Santiago. Tambi\u00e9n pleite\u00f3 con Isabel de Aguilar, la esposa de su padre, por los bienes libres de \u00e9ste, y\u00a0que la soluci\u00f3n que se dio para poner fin a ese pleito fue el matrimonio de Gonzalo con Menc\u00eda, la sobrina de Isabel de Aguilar.<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>El dicho Gon\u00e7alo Ruyz de Figueroa puso pleito a su Madrastra do\u00f1a Ysabel de Aguilar por los bienes libres de su padre, y se compusieron tomando el medio de que casase el dicho Gon\u00e7alo Ruiz con Do\u00f1a Menc\u00eda de Aguilar, sobrina de la dicha Do\u00f1a Ysabel, hija de su hermano Hern\u00e1n Sanchez de Aguilar, Alcalde de sacas de Badaxos y su obispado y de do\u00f1a Cathalina de Silva su mujer; todo lo qual consta por escriptura de transa\u00e7i\u00f3n que se hizo en la villa de Lobon, lugar de su encomienda, en 20 de septiembre del A\u00f1o de 1514, que se otorg\u00f3 ante Francisco de Leon escribano de aquella villa.<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed lo relataba Silva y Barreto <a class=\"footnote\" title=\"SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: Op. cit., fol. 18-v. Id\u00e9ntica informaci\u00f3n recog\u00eda Luis de Salazar y Castro en su obra Advertencias hist\u00f3ricas sobre las obras de algunos doctos escritores modernos\u2026. 1688, p. 72.\" id=\"return-footnote-37-10\" href=\"#footnote-37-10\" aria-label=\"Footnote 10\"><sup class=\"footnote\">[10]<\/sup><\/a>, por quien tambi\u00e9n sabemos que en ese matrimonio sin duda jugar\u00eda un activo papel Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar, padre de Menc\u00eda, a quien encontramos siendo testigo de la posesi\u00f3n que tomaba su yerno en 1509 del Patronazgo de la Capilla de la Encarnaci\u00f3n, donde estaba enterrado el padre de Gonzalo Ruiz de Figueroa, Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza <a class=\"footnote\" title=\"\u00cdbid., fol. 306-v.\" id=\"return-footnote-37-11\" href=\"#footnote-37-11\" aria-label=\"Footnote 11\"><sup class=\"footnote\">[11]<\/sup><\/a>:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Hernan S\u00e1nchez de Aguilar, hijo segundo de la dicha do\u00f1a Elvira de Aguilar y Bartholome Sanchez de Badajoz y Barbuda fue Alcalde de sacas perpetuo de Badajoz y su obispado y viv\u00eda al A\u00f1o de 1509 en que fue testigo con Gon\u00e7alo Peres Martel, Maestre de campo del tercio de Extremadura, de la Possesion que el obispo de la dicha ciudad mando dar de la capilla de nuestra se\u00f1ora de la encarnaci\u00f3n en la catedral de San Juan de badaxoz a Gon\u00e7alo Ruyz de Figueroa comendador de Lob\u00f3n, de quien luego se tratar\u00e1\u2026<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con el matrimonio \u00a0de Gonzalo y Menc\u00eda no cesaron los pleitos, pues no fue hasta poco antes de su muerte cuando Gonzalo lleg\u00f3 a un acuerdo con su primo Pedro Laso de la Vega, hijo de Garci Laso, por el que renunciaba a sus pretensiones sobre la villa de Los Arcos y este a su vez sobre la sucesi\u00f3n en el patronazgo de la capilla de la Encarnaci\u00f3n <a class=\"footnote\" title=\"TEJADA VIZUETE, F.: Notas sobre el noble caballero don Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y otros miembros de la familia (continuaci\u00f3n), p. 340. Dicho acuerdo fue confirmado el 24 de enero de 1514 por bula del Papa Le\u00f3n X.\" id=\"return-footnote-37-12\" href=\"#footnote-37-12\" aria-label=\"Footnote 12\"><sup class=\"footnote\">[12]<\/sup><\/a>. Nada se dice en ese acuerdo sobre la posesi\u00f3n de la casa del castillo, lo que demuestra que no debi\u00f3 formar parte de los bienes libres de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza. Ese s\u00ed hab\u00eda sido el caso del patronazgo de la capilla de la Encarnaci\u00f3n, que recaer\u00eda tras la muerte de Gonzalo Ruiz de Figueroa en 1514 <a class=\"footnote\" title=\"La fecha de la muerte de Gonzalo se recoge en Comendadores de la Orden de Santiago en la Provincia de Le\u00f3n. BN, mss. 10996, fol. 136v y 136r. Citado por: AD\u00c1MEZ D\u00cdAZ, A.: Los se\u00f1or\u00edos de Orellana la vieja y Orellana de la Sierra, p. 81.\" id=\"return-footnote-37-13\" href=\"#footnote-37-13\" aria-label=\"Footnote 13\"><sup class=\"footnote\">[13]<\/sup><\/a> en sus hijas. As\u00ed lo escribe Silva Barreto <a class=\"footnote\" title=\"SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: Op. cit., fol. 306-v.\" id=\"return-footnote-37-14\" href=\"#footnote-37-14\" aria-label=\"Footnote 14\"><sup class=\"footnote\">[14]<\/sup><\/a>:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Hered\u00f3 de su Padre el dicho Gon\u00e7alo Ruiz de Figueroa la capilla de nuestra se\u00f1ora de la Encarnaci\u00f3n en la santa iglesia catedral de San Juan de Badaxoz porque no la hab\u00eda vinculado Loren\u00e7o Suarez de Figueroa. La qual heredaron sus hijas y vinieron los Fonsecas de Badaxoz a ser por casamiento Patronos della\u2026<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Do\u00f1a Isabel de Aguilar vio as\u00ed c\u00f3mo el patronazgo de la capilla de la Encarnaci\u00f3n de la catedral, con el lugar de su propio enterramiento ya dispuesto para ser compartido con su difunto marido, pasaba del hijo de \u00e9ste, Gonzalo Ruiz de Figueroa, a sus hijos Lorenzo, Isabel y Beatriz, nietos de Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar (y por tanto tambi\u00e9n sus propios sobrinos-nietos); tal vez por ello a\u00f1os despu\u00e9s prefiri\u00f3, como es bien conocido, inhumarse en el beaterio que ella misma hab\u00eda fundado, San Onofre, en vez de en el art\u00edstico sepulcro que su marido hab\u00eda dispuesto para ambos.<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Que mi cuerpo sea sepultado en la Hermita de se\u00f1or santo Onofre, que yo edifico junto a las casas de mi morada de cualquier manera que cuando fuere mi fallecimiento estuviere, porque a quien tanto persigui\u00f3 el mundo en la vida es muy justo que en la muerte le aborrezca y huya con todas sus onrras y pompas\u2026<\/em> <a class=\"footnote\" title=\"P\u00c9REZ, P. [El Licenciado Pero P\u00e9rez]: &quot;Testamento de Do\u00f1a Isabel de Aguilar&quot;. En: REEX, t. XIV, 1940, vol. I, p. 19. Igual en TEJADA VIZUETE, F.: Op. cit., p. 416.\" id=\"return-footnote-37-15\" href=\"#footnote-37-15\" aria-label=\"Footnote 15\"><sup class=\"footnote\">[15]<\/sup><\/a><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n dispuso en su testamento que quedara tras su muerte como patrona de la ermita de San Onofre su sobrina-nieta, Isabel de Aguilar y Figueroa.<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>\u2026 Item mando que Do\u00f1a Isabel de Aguilar, Hija de Do\u00f1a Menc\u00eda de Aguilar, mi sobrina, nieta de Lorenzo Suarez, mi se\u00f1or que aya gloria y del se\u00f1or Hernan S\u00e1nchez, mi hermano, sea patrona de la dicha capellan\u00eda y Hermita de Santo Onofre\u2026<\/em> <a class=\"footnote\" title=\"Destaca el modo en que describe su parentesco con su sobrina nieta Isabel de Aguilar y Figueroa, para evitar pronunciar el nombre del padre de \u00e9sta, Gonzalo Ruiz de Figueroa.\" id=\"return-footnote-37-16\" href=\"#footnote-37-16\" aria-label=\"Footnote 16\"><sup class=\"footnote\">[16]<\/sup><\/a><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este es el \u00fanico legado que do\u00f1a Isabel de Aguilar dej\u00f3 a su sobrina-nieta hom\u00f3nima; en su testamento no hace ninguna menci\u00f3n a que entre sus posesiones estuviera la casa fuerte del castillo. Sabido es por ese documento cu\u00e1les eran las casas de su morada en su vejez, las que tras su muerte se destinaron al desaparecido convento de San Onofre, que estuvo en la calledel Pozo, actual calle del General Menacho. Mucho antes de esas casas, do\u00f1a Isabel hab\u00eda pose\u00eddo otras en el castillo, que hab\u00edan formado parte de la dote que su madre, ya viuda, junto con sus hermanos, le dieron para su matrimonio en 1481. Silva Barreto escribi\u00f3 que:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Do\u00f1a Isabel de Aguilar tercera hija de los dichos (Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz y Elvira de Aguilar) cas\u00f3 en Badaxoz como consta en la escritura de Dote y Donaci\u00f3n que la hizo y dio su madre la dicha Do\u00f1a Elvira de Aguilar y Figueroa, muger de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz y sus hijos Gonzalo Fernandez de Aguilar y Hernan Sanchez de Aguilar, la cual otorgaron todos y en ella de si Do\u00f1a Elvira como muger del dicho Bartolom\u00e9 Sanchez de Badaxoz entre otras cosas que se le dan son unas casas en el castilo que oy estan caydas pegadas a la Parroquial de Santa Mar\u00eda por la parte de abaxo la fecha en Badaxoz a seis de octubre a\u00f1o de 1481. Ante Pedro Sanchez vecino de Burguillos escribano del rey y su notario.<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero \u00e9stas no pueden ser las mismas casas que las del actual museo: de ellas claramente se indica que est\u00e1n \u201c<em>pegadas a la Parroquial de Santa Mar\u00eda por la parte de abaxo<\/em>\u201d, y Silva Barreto comenta que cuando \u00e9l escribe -a fines de la primera d\u00e9cada del siglo XVII- estaban ca\u00eddas, lo que en esa fecha no era el caso del edificio del museo. Las casas que recibi\u00f3 Isabel de Aguilar como dote ser\u00edan las que aparecen en varios planos del castillo de Badajoz, ya desde el de Suecia de 1645 (L\u00e1m. 3), en el extremo oeste de Santa Mar\u00eda, a los pies de la parte del templo que fueron las naves de la antigua mezquita de la alcazaba isl\u00e1mica.<\/p>\n<figure id=\"attachment_243\" aria-describedby=\"caption-attachment-243\" style=\"width: 500px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_3.jpg\"><img class=\"wp-image-243\" src=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-content\/uploads\/sites\/6\/2015\/05\/Cap_12_lam_3.jpg#fixme\" alt=\"L\u00e1mina 2. Detalle de la Iglesia de Santa Mar\u00eda del Castillo y sus casas anexas en el plano an\u00f3nimo del Archivo Militar de Estocolmo. Hacia 1645.\" width=\"500\" height=\"484\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-243\" class=\"wp-caption-text\">L\u00e1mina 3. Detalle de la Iglesia de Santa Mar\u00eda del Castillo y sus casas anexas en el plano an\u00f3nimo del Archivo Militar de Estocolmo. Hacia 1645.<\/figcaption><\/figure>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por todo lo expuesto se ha de descartar que la casa fuerte hubiera sido propiedad de Isabel de Aguilar. Y tampoco lo fue de la familia de su marido, Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza, y que hubiera sido de \u00e9ste de quien la heredase Gonzalo Ruiz de Figueroa. De ser ese su origen, se vendr\u00eda a corroborar la atribuci\u00f3n tradicional del origen de estas casas en los Suarez de Figueroa, pero no porque hubieran sido propiedad del primer conde de Feria, Lorenzo, sino\u00a0 porque lo habr\u00edan sido de su hermano gemelo, Pedro Su\u00e1rez de Figueroa, y las hubiese heradado su hijo, Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza y de este Gonzalo Ruiz de Figueroa, padre de Isabel de Aguilar y Figueroa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, no hemos encontrado ning\u00fan dato con el que confirmar esta hip\u00f3tesis. Ni la casa fuerte del castillo, ni tampoco ninguna otra en Badajoz, aparece entre los bienes que Pedro Su\u00e1rez de Figueroa y Blanca de Sotomayor incluyeron en el mayorazgo de los Arcos para su hijo Lorenzo. En la carta de testamento y fundaci\u00f3n del mayorazgo de los Arcos de 1474, conocido una vez m\u00e1s por Silva Barreto, hicieron una pormenorizada relaci\u00f3n de todos sus bienes, incluyendo varias casas en Badajoz. En primer lugar, por ser las de m\u00e1s valor, se hace menci\u00f3n a la propiedad que tienen de unas casas que fueron de Bartolom\u00e9 Rodriguez, tesorero, en Badajoz:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\">\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Yo el Rey por facer bien y Mer\u00e7ed a vos Pedro Suares de Figueroa\u00a0 y So\u00f1a Blanca de Soto Mayor vuestra muger y en la fecha desta facultad a 14 de Abril de 1471 A\u00f1os\u2026 que usando de la dicha Facultad para (\u2026) de la distribu\u00e7ion delos bienes en que los dichos nuestros herederos<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Declaramos que los dichos bienes hay los que nos los dichos Pedro Suares y Do\u00f1a Blanca de Soto Mayor tenemos, son los que adelante dira en esta guisa= el nuestro lugar de los Arcos (\u2026); tenemos mas en la dicha ciudad de Badaxoz Las casas que fueron de Bartholome Rodriguez tesorero que fue que valen en precio 200D Maravedies, y otras casa en dicha ciudad en linde del solar de Don Pedro Ponce en que Mora el dicho Fernando de soto Mayor nuestro fijo, por valor de 50 d Maravedies, y otras casas en dicha \u00e7iudad a la Puerta de Yelves que valen 25D Maravedies y unos solares en dicha ciudad que alindan con casas del cabildo de la santa Yglesia Mayor, y la calle de abaxo\u2026<\/em> <a class=\"footnote\" title=\"SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: Op. cit., fol. 4 y ss.\" id=\"return-footnote-37-17\" href=\"#footnote-37-17\" aria-label=\"Footnote 17\"><sup class=\"footnote\">[17]<\/sup><\/a><\/p>\n<\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el reparto de los bienes del testamento vemos como estas casas de Badajoz se distribuyeron entre sus restantes hijos, pero para Lorenzo s\u00f3lo se cita el castillo incluido en el mayorazgo de los Arcos <a class=\"footnote\" title=\"\u00cdbid, fol. 6.\" id=\"return-footnote-37-18\" href=\"#footnote-37-18\" aria-label=\"Footnote 18\"><sup class=\"footnote\">[18]<\/sup><\/a>:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\">\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Quel dicho gomez Suarez nuestro Fijo aya de nos\u2026 las casas dichas en badaxos que fueron del dicho tesorero, con las del dicho Luis Gon\u00e7ales en precio de 200 D maraved\u00edes\u2026<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Que queremos que el dicho Fernando de Soto Mayor muestro hijo aya de nos las dichas casas en que mora que son en la dicha ciudad de Badaxoz en precio de 50 D maraved\u00edes\u2026<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Gar\u00e7i Lasso\u2026 las dichas casas que compramos del dicho Alvaro Garc\u00eda a la puerta de Yelves\u2026<\/em><\/p>\n<\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una vez descartado que la casa del castillo hubiera sido propiedad de de los abuelos paternos de Isabel de Aguilar y Figueroa, s\u00f3lo queda buscar su origen entre las propiedades de los abuelos maternos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El padre de Menc\u00eda de Aguilar fue Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar, hijo segundo de Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz y Elvira de Aguilar, y por tanto hermano de Isabel de Aguilar. El padre de ambos, Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz, fue un personaje destacado de la corte, escribano de C\u00e1mara y secretario de Juan II y Enrique IV entre 1453 y 1464. Por su testamento <a class=\"footnote\" title=\"Testamento de Bartholom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz. 2 agosto 1463. Citado por: RODR\u00cdGUEZ AMAYA, E.: \u201cA prop\u00f3sito de un documento\u201d. En: REEX, 1945, vol. I, p. 45.\" id=\"return-footnote-37-19\" href=\"#footnote-37-19\" aria-label=\"Footnote 19\"><sup class=\"footnote\">[19]<\/sup><\/a>, redactado un a\u00f1o antes de su muerte, sabemos que ten\u00eda su casa en Badajoz, que heredar\u00eda su esposa Elvira:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Y por cuanto es mi voluntad que si la dha Do\u00f1a Elvira mi mujer me sobrare de dias como dho tengo aya de quedar por heredera de todos mis bienes muebles e raizes, avidos \u00e9 por aver (\u2026) y ansimismo de mi casa en la que agora bivo con todas las otras que yo en la dha Ciudad tengo, para que por en vida ella lo aya y posea y goze de ello y despu\u00e9s de sus dias aya de quedar \u00e1 nuestros herederos los que de ella y de mi quedaren\u2026<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Enviud\u00f3 pronto do\u00f1a Elvira, pues en 1464 Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez muri\u00f3 violentamente en Badajoz <a class=\"footnote\" title=\"As\u00ed se lee en el Testimonio de c\u00f3mo es fenescido Bartolom\u00e9 de Badajoz. AGS, Mercedes y Privilegios, leg. 104, fol. 65. Citado por DEL SOLAR Y TABOADA, A. y R\u00daJULA Y OCHOTORENA, J.: \u201cLos S\u00e1nchez de Badajoz (Bartolom\u00e9)\u201d. En: Egregios Extreme\u00f1os. Badajoz, 1946, p. 20. En poco tiempo, el 29 de agosto de 1465, Hern\u00e1n G\u00f3mez recibir\u00eda los \u201cmaraved\u00edes de mantenimiento, raci\u00f3n y quitaci\u00f3n\u201d que hab\u00eda tenido Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez. AGS, QG, leg. 3, fol. 83. Citado por: DOM\u00cdNGUEZ VINAGRE, A.: El Se\u00f1or\u00edo de Salvatierra en la Baja Edad Media, p. 167. Un a\u00f1o despu\u00e9s pasar\u00edan a formar parte de un juro de heredad: AGS, MyP, leg. 63, fol. 9, seg\u00fan se expone en MORALES MU\u00d1IZ, M.D.C.: \u201cContribuci\u00f3n al estudio de la nobleza extreme\u00f1a durante el reinado de Alfonso XII de Castilla\u201d. REE, t. XLV, 1989, n\u00ba. 3, p. 527. La atribuci\u00f3n de su muerte al Conde de Feria que hace Dom\u00ednguez Vinagre en la obra citada no se sostiene, pues el documento en que se basa no se refiere al II Conde de Feria, sino a un hom\u00f3nimo hijo de Alonso Fern\u00e1ndez Caballero, quien hab\u00eda sido acusado de dar muerte a otro hom\u00f3nimo, Bartolom\u00e9 de Badajoz.\" id=\"return-footnote-37-20\" href=\"#footnote-37-20\" aria-label=\"Footnote 20\"><sup class=\"footnote\">[20]<\/sup><\/a>, muerte de la que el Maestre de Alc\u00e1ntara, G\u00f3mez de Sol\u00eds, y su hermano Hern\u00e1n G\u00f3mez de Sol\u00eds fueron los\u00a0 principales beneficiados; y tal vez fueran tambi\u00e9n sus instigadores, atendiendo a las vanas explicaciones que sus hombres dieron en Valladolid intentando exculparles.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De do\u00f1a Elvira de Aguilar nos dice Silva Barreto:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\">\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Murio la dicha Do\u00f1a Elvira de Aguilar y Figueroa muger del dicho Bartolom\u00e9 Sanchez de Badaxoz, en dos de febrero del a\u00f1o de 1496 que otorg\u00f3 su testamento en Badaxoz ante Alvar Peres escribano Publico y de los dos fueron hijos:<\/em><\/p>\n<ul>\n<li><em>Gonzalo Fernandez de Aguilar<\/em><\/li>\n<li><em>Hernan Sanchez de Aguilar<\/em><\/li>\n<li><em>Do\u00f1a Isabel de Aguilar<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Podemos imaginar la situaci\u00f3n de los miembros de esta familia hacia 1496: do\u00f1a Elvira, viuda de Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz desde hace m\u00e1s de treinta a\u00f1os, ve acabar sus d\u00edas acompa\u00f1ada de su hijo Hern\u00e1n y sus nietas. De cuando en cuando recibe la visita de su hija Isabel de Aguilar, quien tiene su morada desde hace tiempo en las casas sobre las que acaba de fundar el beaterio de San Onofre en 1495, por bula recibida del Papa, seg\u00fan narra Solano <a class=\"footnote\" title=\"SOLANO DE FIGUEROA, J.: Historia Eclesi\u00e1stica de la ciudad y Obispado de Badajoz. Edici\u00f3n anotada de 2013, p. 466.\" id=\"return-footnote-37-21\" href=\"#footnote-37-21\" aria-label=\"Footnote 21\"><sup class=\"footnote\">[21]<\/sup><\/a>. Esta no ha tenido descendencia, y vive alejada de su esposo Lorenzo, quien por entonces es embajador en Roma, acompa\u00f1ado del que pronto ser\u00e1 su sucesor, su hijo Gonzalo Ruiz de Figueroa, que no lo es de do\u00f1a Isabel.\u00a0 El otro hermano, el primog\u00e9nito, Gonzalo, a\u00fan no ha tomado matrimonio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En 1506, diez a\u00f1os despu\u00e9s de fallecida do\u00f1a Elvira, Isabel de Aguilar ve declinar a\u00fan m\u00e1s su suerte. El hijo de su difunto marido, Gonzalo Ruiz de Figueroa, sucesor en la embajada de Venecia y reci\u00e9n nombrado comendador de Lob\u00f3n, le ha reclamado los bienes libres de su padre, entre ellos la capilla de la catedral donde unos meses atr\u00e1s hab\u00eda sido enterrado el cuerpo de su esposo Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza, trasladado desde Venecia, bajo una lauda en la que se indica que ella, tras su muerte, tambi\u00e9n reposar\u00e1 all\u00ed.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En 1519, cuando hace testamento do\u00f1a Isabel, su suerte no ha mejorado. Su hermano mayor, Gonzalo Fern\u00e1ndez de Aguilar, hab\u00eda fallecido poco antes sin tener sucesi\u00f3n leg\u00edtima, dejando su hacienda menguada y varios hijos naturales. As\u00ed lo dice la propia do\u00f1a Isabel en su testamento <a class=\"footnote\" title=\"P\u00c9REZ, P. [El Licenciado Pero P\u00e9rez]: Op. cit., p. 19. Al igual que hac\u00eda varias hojas atr\u00e1s, donde no nombraba al hijo de su marido, Gonzalo Ruiz de la Vega, aqu\u00ed tampoco quiso Isabel de Aguilar escribir el nombre de su hermano Gonzalo Fernandez de Aguilar, a quien cita s\u00f3lo como \u201cel Thesorero\u201d.\" id=\"return-footnote-37-22\" href=\"#footnote-37-22\" aria-label=\"Footnote 22\"><sup class=\"footnote\">[22]<\/sup><\/a> al describir sus bienes:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>\u2026 e dos piedras del molino del Rostro, de tres que en \u00e9l muelen, la una es del se\u00f1or hernan sanchez, e las dos mias, porque la una me cupo de mi herencia y la otra compre <strong>de mi hermano, el Thesorero, que santa gloria aya<\/strong>, e una vi\u00f1a de las dos que yo tengo en sancha brava, e Catalina mi esclava, porque al tiempo de su fallecimiento yo pague por \u00e9l al se\u00f1or hernan sanchez, mi hermano, treinta mil mrs <strong>que devia<\/strong> de las deudas e descargos de mi madre e se\u00f1ora, que aya gloria, porque a cada uno de nosotros cupo otro tanto a pagar, e mas otras deudas a mercaderes e a otras personas <strong>que yo pague por el<\/strong>, que montaban mas de otras sesenta mil mrs. Lo qual yo pague por su mandado en diversas Veces el precio de la dicha piedra de molino e de la vi\u00f1a e esclava, <strong>y el ansi me las dio aunque no val\u00edan tanto, no contando lo que a sus hijos di, los quales me dexo enconmendados<\/strong>.<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Nada dice do\u00f1a Isabel de ninguna casa en el castillo. S\u00f3lo deudas hered\u00f3 de su madre, do\u00f1a Elvira, y muchas m\u00e1s a\u00fan de su hermano Gonzalo Fern\u00e1ndez de Aguilar, a quien hubo de ayudar compr\u00e1ndole, sobrevalorada, su exigua herencia, y quien adem\u00e1s la dej\u00f3 al cuidado de sus hijos <a class=\"footnote\" title=\"Los problemas econ\u00f3micos de Gonzalo los vemos en otro documento: &quot;Gon\u00e7alo Fern\u00e1ndez de Aguilar, ve\u00e7ino de Badajoz. Don Fernando e do\u00f1a Ysabel, por la gra\u00e7ia de Dios et\u00e7\u00e9tera. A vos el que es o fuere nuestro corregidor o juez de resyden\u00e7ia de la \u00e7ibdad de Badajoz o vuestro alcalde en el dicho ofi\u00e7io, salud e gra\u00e7ia. Sepades que Gon\u00e7alo de Aguilar, ve\u00e7ino desa dicha \u00e7ibdad nos fizo rela\u00e7i\u00f3n por su peti\u00e7i\u00f3n que ante nos en el nuestro Consejo present\u00f3, diziendo que \u00e9l a tenido \u00e7iertas contrata\u00e7iones con Diego de la Rocha ve\u00e7ino de la dicha \u00e7ibdad de Badajoz, el qual diz que contra el thenor e forma de las leyes de nuestros reynos e syn temor de las penas en ellas contenidas diz que le a llevado muchas cont\u00edas de maraved\u00eds de usura e logro, e como quier que por su parte diz que a sydo requerido que le torne e restituya todo lo que asy diz que le a llevado a usura e logro, diz que lo no a querido ni quiere fazer poniendo a ello sus escusas e dila\u00e7iones yndevidas, de que \u00e9l a re\u00e7ibido e re\u00e7ibe mucho agravio e da\u00f1o&quot;. En Que el corregidor de Badajoz determine, seg\u00fan las leyes, sobre la acusaci\u00f3n que Gonzalo Fern\u00e1ndez de Aguilar, vecino de Badajoz, ha puesto por usura contra Diego de la Rocha. AGS, RGS, leg. 149908, fol. 180.\" id=\"return-footnote-37-23\" href=\"#footnote-37-23\" aria-label=\"Footnote 23\"><sup class=\"footnote\">[23]<\/sup><\/a>; sucesi\u00f3n ileg\u00edtima, como detalla Silva Barreto <a class=\"footnote\" title=\"SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: Op. cit., fol. 367-r y 368-v.\" id=\"return-footnote-37-24\" href=\"#footnote-37-24\" aria-label=\"Footnote 24\"><sup class=\"footnote\">[24]<\/sup><\/a>:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Gonzalo Fernandez de Aguilar, hijo Mayor de Do\u00f1a Elvira de Aguilar y Bartholom\u00e9 Sanchez de badaxoz y Barbuda y nieto por su madre legitima de Alfonso de Aguilar el Desheradado de la casa de Aguilar y Hestado de Priego vasallo del Rey, y de Mencia Vazquez de Goes su muger Se\u00f1ora de la villa y castillo de Los Arcos y de los Grandes Heredamientos y Mayorazgo de los\u00a0 caballeros Sanchez de Badaxoz conquistadores de la ciudad, fue Gon\u00e7alo Fernandez de Aguilar vecino de Badaxos y no ay noticia de su casamiento pero aseguran que dexo su Posteridad legitima en dicha ciudad\u2026<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">S\u00f3lo una de estas hijas de Gonzalo de Aguilar, Elvira, es citada expresamente en el testamento de do\u00f1a Isabel:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Iten mando que a mi sobrina Elvira Sanchez se den quarenta mil mrs. de los que don pedro laso me a de dar, e que de la ropa que en mi\u00a0 casa ubiere se le de tres colchones de los mexores e quatro sabanas e quatro almohadas<\/em> (\u2026)<em> e que la vistan de nuevo seg\u00fan el avito de la orden que tomare, porque para ser Religiosa le mando dar los dichos mrs. E Ropas, e <strong>pido por merced a el se\u00f1or Hernando Sanchez que tenga memoria que es hija de su hermano<\/strong><\/em> (\u2026)<\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Acept\u00f3 Elvira S\u00e1nchez (o de Aguilar) la dote que su t\u00eda Isabel de Aguilar dispuso para que entrara monja \u201c<em>en la orden que ella eligiese<\/em>\u201d. Solano <a class=\"footnote\" title=\"SOLANO DE FIGUEROA, J.: Op. cit., p. 467.\" id=\"return-footnote-37-25\" href=\"#footnote-37-25\" aria-label=\"Footnote 25\"><sup class=\"footnote\">[25]<\/sup><\/a> relata que:<\/p>\n<div class=\"textbox shaded\" style=\"text-align: justify;\"><em>Entre estas prudentes y castas doncellas se cri\u00f3 do\u00f1a Elvira de Aguilar, sobrina de do\u00f1a Isabel, y reconociendo que ser\u00eda mejor reducirse a estado religioso, pidi\u00f3 a la santa sede apost\u00f3lica la regla y h\u00e1bito de San Ger\u00f3nimo y el sant\u00edsimo Paulo tercero, al sexto a\u00f1o de su pontificado, lo concedi\u00f3 graciosamente <\/em>(\u2026)<em> y que en profesando do\u00f1a Elvira quedase por priora del nuevo convento.<\/em><\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\">Escap\u00f3 as\u00ed de heredar esta Elvira de Aguilar tambi\u00e9n el aciago destino de su bisabuela hom\u00f3nima. El mismo infortunio que la anterior Elvira de Aguilar vio sufrir durante a\u00f1os a su padre, Alonso de Aguilar, el Desheredado de la casa de C\u00f3rdoba, de quien ya se dec\u00eda \u201c<em>que tal vez transmiti\u00f3 su desgracia<\/em>\u201d a su esposa, Menc\u00eda V\u00e1zquez de Goes, con quien no tuvo hijos. A\u00f1os de viudedad en soledad vivi\u00f3 aquella Elvira tras la violenta p\u00e9rdida de su marido, Bartolom\u00e9 Sanchez de Badajoz; viudedad prolongada que compartieron su hija, Isabel de Aguilar, o la sobrina nieta de \u00e9sta, Isabel de Aguilar y Orellana. Repetido triste destino en que la viudedad alternaba con la falta de posteridad, o con la temprana muerte de los primog\u00e9nitos, transmitido generaci\u00f3n tras generaci\u00f3n en esta familia, y a\u00fan m\u00e1s tarde entre los poseedores de las casas principales del castillo de Badajoz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Podemos concluir en que la casa fuerte del castillo de Badajoz no fue propiedad de Isabel de Aguilar, no form\u00f3 parte del mayorazgo de los Arcos, no habr\u00eda sido tampoco uno de los bienes no vinculados de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y Mendoza, y tampoco llego a ser propiedad de Gonzalo Ruiz de Figueroa. Por tanto, s\u00f3lo queda una explicaci\u00f3n para que las casas principales hubieran llegado a ser propiedad de Isabel de Aguilar y Figueroa: que hubiera sido la casa de sus bisabuelos Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz y Elvira de Aguilar, tal como m\u00e1s de dos siglos despu\u00e9s todav\u00eda recordaba Silva Barreto. Tras la muerte del primog\u00e9nito de \u00e9stos, Gonzalo de Aguilar, sin sucesi\u00f3n leg\u00edtima,\u00a0 y de su segunda hija, Isabel de Aguilar, tambi\u00e9n sin sucesores, debi\u00f3 de heredar la casa Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar. De Hern\u00e1n\u00a0S\u00e1nchez pasar\u00eda a su hija Menc\u00eda, viuda de Gonzalo Ruiz de Figueroa; y de Menc\u00eda a Isabel de Aguilar de Figueroa.<\/p>\n<p class=\"wp-image-240\" style=\"text-align: justify;\">Si fueron Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz y Elvira de Aguilar quienes realmente edificaron la casa fuerte, como aseguraba Silva Barreto, no lo podemos saber.\u00a0Elvira de Aguilar, la hija legitimada de Alonso de Aguilar, no hered\u00f3 ninguna propiedad en Badajoz, s\u00f3lo sabemos por su testamento<a class=\"footnote\" title=\"Testamento otorgado por Alfonso Fern\u00e1ndez de C\u00f3rdoba, llamado el Desheredado, de Aguilar. RAH. M-49, f\u00ba 309 a 310 v. As\u00ed lo firmaba el12 de noviembre de 1453, teniendo como testigos a Arias Mosquera de Moscoso, regidor y a Bartolom\u00e9 P\u00e9rez, tesorero de la ciudad: &quot;E por quanto yo ove a la dha D\u00aa Elvira mi fija en Catalina Gonzalez siendo doncella virgen y soltera sin ser desposada con ninguno. E por hacer bien y\u00a0 a mi y a la dha mi fija a mi soplicacion el dho Sr. Rey por su carta firmada de su nombre y sellada con su sello la legitim\u00f3 .\" id=\"return-footnote-37-26\" href=\"#footnote-37-26\" aria-label=\"Footnote 26\"><sup class=\"footnote\">[26]<\/sup><\/a> que le legaba una casa en Cordoba, parca herencia que refleja la dif\u00edcil situaci\u00f3n en que qued\u00f3 como resultado de los continuos\u00a0pleitos que mantuvo por recuperar el mayorazgo que le fue negado por su abuelo. Tampoco pudo\u00a0la casa formar parte de las propiedades que Alonso de Aguilar obtuviera por su matrimonio, pues los bienes y privilegios de su esposa , Menc\u00eda V\u00e1zquez de Goes,\u00a0 los recibi\u00f3\u00a0Blanca de Sotomayor, la hija de su primer matrimonio con Hernando de Sotomayor, se\u00f1or de Botoa.\u00a0 Menc\u00eda V\u00e1zquez de Goes gozaba a\u00fan de una situaci\u00f3n privilegiada, pese a haber sido despose\u00edda del se\u00f1or\u00edo de Barcarrota en 1444, y que hab\u00eda pertenecido durante d\u00e9cadas a los S\u00e1nchez de Badajoz.<\/p>\n<p class=\"wp-image-240\" style=\"text-align: justify;\">De los progenitores de Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz no se tiene noticia, salvo el nombre de su madre, Leonor Alf\u00f3n, quien aparece represent\u00e1ndolo para adquirir una propiedades en 1452, por trueque con el cabildo de la catedral de tres casas a cambio de un juro de mil maraved\u00edes<a class=\"footnote\" title=\"ACB, leg. 209, n\u00ba 4131. De ese trueque daban ya noticia Del Solar y R\u00fajula a partir de otra copia del documento conservada en Simancas: DEL SOLAR Y TABOADA, A. y R\u00daJULA Y OCHOTORENA, J.: Egregios extreme\u00f1os, pp. 19 y ss.\" id=\"return-footnote-37-27\" href=\"#footnote-37-27\" aria-label=\"Footnote 27\"><sup class=\"footnote\">[27]<\/sup><\/a>:<\/p>\n<p class=\"wp-image-240\" style=\"text-align: justify;\">\u00ab<em>&#8230; de su nonbre e signada de escrivano p\u00fablico por \u00e7ierto troque e cambio que entre el dicho cabilldo de la dicha eglesia e thesorero e canonigos della e Leonor Alfon (o Alfonso), madre del dicho Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez en su nonbre pag\u00f3 con vienes, a saber que el dicho cabilldo e thesorero e canonigos de la dicha eglesia diese e con\u00e7ediese e trespasase en el dicho Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez e en sus erederos e sub\u00e7esores por juro de heredad para syenpre jam\u00e1s tres pares de casas que el dicho cabildo ha e tiene dentro en la dicha \u00e7ibdad por los dichos mil mrs., segund que m\u00e1s largamente en el dicho troque e canbio que en la dicha raz\u00f3n pas\u00f3 se contiene\u2026<\/em>\u00ab<\/p>\n<p class=\"wp-image-240\" style=\"text-align: justify;\">No debieron de ser esas las casas en las que se edific\u00f3 el palacio, pues no se menciona en los documentos que hemos visto esa carga perpetua que ten\u00edan de mil maraved\u00edes. Pero si nos da prueba de\u00a0que Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz tuvo el poder suficiente para adquirir dentro del castillo de Badajoz las propiedades sobre las que edificar, como recordar\u00eda siglos despu\u00e9s Silva Barreto, <em>\u00absu casa fuerte y palacio, de f\u00e1brica majestuosa\u00bb.<\/em><\/p>\n<hr class=\"before-footnotes clear\" \/><div class=\"footnotes\"><ol><li id=\"footnote-37-1\">As\u00ed se documenta en 1524 en un pleito en que Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar aparece como tutor y curador de sus nietos Lorenzo, Isabel y Beatriz, hijos de su hija Menc\u00eda. Este es el \u00fanico documento en que se hace referencia a este Lorenzo Suarez de Figueroa, hijo de Menc\u00eda y de Gonzalo Ruiz de Figueroa, pues en todas las cr\u00f3nicas geneal\u00f3gicas posteriores nunca se le menciona.\u00a0<em>Pleito de Hern\u00e1n S\u00e1nchez de Aguilar, vecino de Badajoz, abuelo y tutor de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y alcalde de sacas del obispado de Badajoz, y los dem\u00e1s herederos de Gonzalo Ru\u00edz de Figueroa, con el fiscal, Juan de Prado, sobre devoluci\u00f3n de unas multas puestas por el juez de comisi\u00f3n Antonio de Prado<\/em>. AGS, CRC, 82, 8. <a href=\"#return-footnote-37-1\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 1\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-2\"><em>Casa de Sanchez de Badajoz, Se\u00f1ores de Villa-nueva de Barca-Rota. Representaci\u00f3n, que haze Don Cristobal de Moscoso y Montemayor, Conde de las Torres, Marqu\u00e9s de Cvllera, Se\u00f1or de la Albvfera, Gentil-hombre de la Camara de su Magestad, y Capitan General de sus Exercitos AL REY NUESTRO SE\u00d1OR<\/em>. Madrid, 1722. El manuscrito de esta obra, conservado en la Real Academia de la Historia, fue redactado por Luis de Salazar y Castro, quien conoc\u00eda el err\u00f3neo parentesco que Silva Barreto atribu\u00eda a Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz con Mart\u00edn Y\u00e1\u00f1ez de la Barbuda. RAH, D-24, f. 122-144. <a href=\"#return-footnote-37-2\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 2\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-3\">SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Nobleza de Extremadura<\/em>. RAH, fol. 365 y 366. <a href=\"#return-footnote-37-3\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 3\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-4\">Ver <a href=\"http:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/chapter\/capitulo-5-isabel-del-aguilar-y-figueroa-propietaria-casas-principales-del-castillo-badajoz\/#footnote-91-3\">Nota 3 del cap\u00edtulo 5<\/a>. <a href=\"#return-footnote-37-4\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 4\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-5\">SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 4-v. <a href=\"#return-footnote-37-5\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 5\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-6\">COOPER, E.: <em>Castillos Se\u00f1oriales de Castilla. Siglos XV y XVI<\/em>. 1980, p. 285. Cita el siguiente documento: \"<em>Don Fernando don Felipe do\u00f1a Juana, etc a vos el bachiller Fernan Barba alcalde de Badajoz salud e gracia: s\u00e9pades que por parte de Gomez Ruiz de Figueroa nuestro embaxador de la se\u00f1or\u00eda de Vene\u00e7ia nos fue fecha rrelaci\u00f3n\u2026 que teniendo e poseyendo el pac\u00edficamente la fortaleza de Los Arcos por justos e derechos t\u00edtulos y teniendo en ella puesto su allcaide diz que don Garcia Laso de la Vega comendador mayor de Leon su tio de fecho y contra derecho a yntentado e yntenta de la tomar la dicha fortaleza\u2026 e que la tiene cercada proveyendo que no entre en ella bastimentos algunos\u2026 e por su parte nos fue suplicado \u2026 le mand\u00e1semos proveer e rremediar sobre los suso dicho.<\/em>\" En:<em> Mandamiento Real dado en Valladolid el 9 de abril de 1506 a Fern\u00e1n Barba para que dispersara la tropas sitiadoras e hiciera que los contendientes facilitaran la documentaci\u00f3n de sus t\u00edtulos de propiedad.<\/em> AGC, (S), abril 1506, sin foliar. <a href=\"#return-footnote-37-6\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 6\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-7\">En ello influy\u00f3 no s\u00f3lo su derecho, sino el apoyo que dio Garcilaso al rey Felipe frente a su suegro Fernando, seg\u00fan P\u00c9REZ BUSTAMANTE, R. y CALDER\u00d3N ORTEGA, J.M.: <em>Felipe I (1506)<\/em>. Palencia, 1995, pp. 243 y 245. <a href=\"#return-footnote-37-7\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 7\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-8\">Don Pedro Lasso de la Vega en su testamento: \u201c<em>\u2026declaro pertenecer al dicho Garcilaso mi hijo, el mayorazgo de los Arcos, que yo hube y hered\u00e9 del dicho Garcilaso de la Vega, comendador, mi padre, que haya gloria, y \u00e9l lo hubo por fin y muerte de Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa, su hermano, conforme al testamento y mayorazgo de Pedro Su\u00e1rez de Figueroa y do\u00f1a Blanca de Sotomayor, su mujer, mis se\u00f1ores abuelos, que hayan gloria\u2026.<\/em>\u201d. Tomado de SLIWA, K.: <em>Cartas, documentos y escrituras de Garcilaso de la Vega y sus familiares<\/em>. 2006. p. 260. <a href=\"#return-footnote-37-8\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 8\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-9\">\"<em>D. Pedro Laso<\/em> [...]<em> estaba en su castillo encastillado con gente, que es frontero de Portugal. Su Majestad envi\u00f3 all\u00e1 a D. Beltr\u00e1n de Robles, capit\u00e1n de la puerta, con gente y artiller\u00eda, el cual cobr\u00f3 el castillo sin detenimiento ninguno y lo tiene el dicho D. Beltr\u00e1n hasta que Su Majestad disponga de \u00e9l\u2026\"<\/em> RODR\u00cdGUEZ VILLA, A.: <em>El emperador Carlos V y su corte, seg\u00fan las cartas de don Mart\u00edn de Salinas, embajador del infante don Fernando<\/em>, Madrid, 1903, p. 154. Citado en VAQUERO SERRANO, M.C.: <em>Do\u00f1a Beatriz de S\u00e1, la Elisa posible de Garcilaso, su genealog\u00eda<\/em>\u201d, cita final 99.  <a href=\"#return-footnote-37-9\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 9\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-10\">SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 18-v. Id\u00e9ntica informaci\u00f3n recog\u00eda Luis de Salazar y Castro en su obra <em>Advertencias hist\u00f3ricas sobre las obras de algunos doctos escritores modernos\u2026<\/em>. 1688, p. 72. <a href=\"#return-footnote-37-10\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 10\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-11\"><em>\u00cdbid<\/em>., fol. 306-v. <a href=\"#return-footnote-37-11\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 11\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-12\">TEJADA VIZUETE, F.: <em>Notas sobre el noble caballero don Lorenzo Su\u00e1rez de Figueroa y otros miembros de la familia (continuaci\u00f3n),<\/em> p. 340. Dicho acuerdo fue confirmado el 24 de enero de 1514 por bula del Papa Le\u00f3n X. <a href=\"#return-footnote-37-12\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 12\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-13\">La fecha de la muerte de Gonzalo se recoge en <em>Comendadores de la Orden de Santiago en la Provincia de Le\u00f3n<\/em>. BN, mss. 10996, fol. 136v y 136r. Citado por: AD\u00c1MEZ D\u00cdAZ, A.: <em>Los se\u00f1or\u00edos de Orellana la vieja y Orellana de la Sierra<\/em>, p. 81. <a href=\"#return-footnote-37-13\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 13\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-14\">SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 306-v. <a href=\"#return-footnote-37-14\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 14\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-15\">P\u00c9REZ, P. [El Licenciado Pero P\u00e9rez]: \"Testamento de Do\u00f1a Isabel de Aguilar\". En: <em>REEX<\/em>, t. XIV, 1940, vol. I, p. 19. Igual en TEJADA VIZUETE, F.: <em>Op. cit.<\/em>, p. 416. <a href=\"#return-footnote-37-15\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 15\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-16\">Destaca el modo en que describe su parentesco con su sobrina nieta Isabel de Aguilar y Figueroa, para evitar pronunciar el nombre del padre de \u00e9sta, Gonzalo Ruiz de Figueroa. <a href=\"#return-footnote-37-16\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 16\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-17\">SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 4 y ss. <a href=\"#return-footnote-37-17\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 17\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-18\"><em>\u00cdbid<\/em>, fol. 6. <a href=\"#return-footnote-37-18\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 18\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-19\"><em>Testamento de Bartholom\u00e9 S\u00e1nchez de Badajoz. 2 agosto 1463<\/em>. Citado por: RODR\u00cdGUEZ AMAYA, E.: \u201cA prop\u00f3sito de un documento\u201d. En: <em>REEX<\/em>, 1945, vol. I, p. 45. <a href=\"#return-footnote-37-19\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 19\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-20\">As\u00ed se lee en el <em>Testimonio de c\u00f3mo es fenescido Bartolom\u00e9 de Badajoz<\/em>. AGS, Mercedes y Privilegios, leg. 104, fol. 65. Citado por DEL SOLAR Y TABOADA, A. y R\u00daJULA Y OCHOTORENA, J.: \u201cLos S\u00e1nchez de Badajoz (Bartolom\u00e9)\u201d. En: <em>Egregios Extreme\u00f1os<\/em>. Badajoz, 1946, p. 20. En poco tiempo, el 29 de agosto de 1465, Hern\u00e1n G\u00f3mez recibir\u00eda los \u201c<em>maraved\u00edes de mantenimiento, raci\u00f3n y quitaci\u00f3n<\/em>\u201d que hab\u00eda tenido Bartolom\u00e9 S\u00e1nchez. AGS, QG, leg. 3, fol. 83. Citado por: DOM\u00cdNGUEZ VINAGRE, A.: <em>El Se\u00f1or\u00edo de Salvatierra en la Baja Edad Media<\/em>, p. 167. Un a\u00f1o despu\u00e9s pasar\u00edan a formar parte de un juro de heredad: AGS, MyP, leg. 63, fol. 9, seg\u00fan se expone en MORALES MU\u00d1IZ, M.D.C.: \u201cContribuci\u00f3n al estudio de la nobleza extreme\u00f1a durante el reinado de Alfonso XII de Castilla\u201d. <em>REE<\/em>, t. XLV, 1989, n\u00ba. 3, p. 527. La atribuci\u00f3n de su muerte al Conde de Feria que hace Dom\u00ednguez Vinagre en la obra citada no se sostiene, pues el documento en que se basa no se refiere al II Conde de Feria, sino a un hom\u00f3nimo hijo de Alonso Fern\u00e1ndez Caballero, quien hab\u00eda sido acusado de dar muerte a otro hom\u00f3nimo, Bartolom\u00e9 de Badajoz. <a href=\"#return-footnote-37-20\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 20\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-21\">SOLANO DE FIGUEROA, J.: <em>Historia Eclesi\u00e1stica de la ciudad y Obispado de Badajoz<\/em>. Edici\u00f3n anotada de 2013, p. 466. <a href=\"#return-footnote-37-21\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 21\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-22\">P\u00c9REZ, P. [El Licenciado Pero P\u00e9rez]: <em>Op. cit.<\/em>, p. 19. Al igual que hac\u00eda varias hojas atr\u00e1s, donde no nombraba al hijo de su marido, Gonzalo Ruiz de la Vega, aqu\u00ed tampoco quiso Isabel de Aguilar escribir el nombre de su hermano Gonzalo Fernandez de Aguilar, a quien cita s\u00f3lo como \u201c<em>el Thesorero<\/em>\u201d. <a href=\"#return-footnote-37-22\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 22\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-23\">Los problemas econ\u00f3micos de Gonzalo los vemos en otro documento: \"<em>Gon\u00e7alo Fern\u00e1ndez de Aguilar, ve\u00e7ino de Badajoz. Don Fernando e do\u00f1a Ysabel, por la gra\u00e7ia de Dios et\u00e7\u00e9tera. A vos el que es o fuere nuestro corregidor o juez de resyden\u00e7ia de la \u00e7ibdad de Badajoz o vuestro alcalde en el dicho ofi\u00e7io, salud e gra\u00e7ia. Sepades que Gon\u00e7alo de Aguilar, ve\u00e7ino desa dicha \u00e7ibdad nos fizo rela\u00e7i\u00f3n por su peti\u00e7i\u00f3n que ante nos en el nuestro Consejo present\u00f3, diziendo que \u00e9l a tenido \u00e7iertas contrata\u00e7iones con Diego de la Rocha ve\u00e7ino de la dicha \u00e7ibdad de Badajoz, el qual diz que contra el thenor e forma de las leyes de nuestros reynos e syn temor de las penas en ellas contenidas diz que le a llevado muchas cont\u00edas de maraved\u00eds de usura e logro, e como quier que por su parte diz que a sydo requerido que le torne e restituya todo lo que asy diz que le a llevado a usura e logro, diz que lo no a querido ni quiere fazer poniendo a ello sus escusas e dila\u00e7iones yndevidas, de que \u00e9l a re\u00e7ibido e re\u00e7ibe mucho agravio e da\u00f1o<\/em>\". En <em>Que el corregidor de Badajoz determine, seg\u00fan las leyes, sobre la acusaci\u00f3n que Gonzalo Fern\u00e1ndez de Aguilar, vecino de Badajoz, ha puesto por usura contra Diego de la Rocha<\/em>. AGS, RGS, leg. 149908, fol. 180. <a href=\"#return-footnote-37-23\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 23\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-24\">SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: <em>Op. cit.<\/em>, fol. 367-r y 368-v. <a href=\"#return-footnote-37-24\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 24\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-25\">SOLANO DE FIGUEROA, J.: <em>Op. cit.<\/em>, p. 467. <a href=\"#return-footnote-37-25\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 25\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-26\">Testamento otorgado por Alfonso Fern\u00e1ndez de C\u00f3rdoba, llamado el Desheredado, de Aguilar. RAH. M-49, f\u00ba 309 a 310 v. As\u00ed lo firmaba el12 de noviembre de 1453, teniendo como testigos a Arias Mosquera de Moscoso, regidor y a Bartolom\u00e9 P\u00e9rez, tesorero de la ciudad: \"E por quanto yo ove a la dha D\u00aa Elvira mi fija en Catalina Gonzalez siendo doncella virgen y soltera sin ser desposada con ninguno. E por hacer bien y\u00a0 a mi y a la dha mi fija a mi soplicacion el dho Sr. Rey por su carta firmada de su nombre y sellada con su sello la legitim\u00f3 . <a href=\"#return-footnote-37-26\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 26\">&crarr;<\/a><\/li><li id=\"footnote-37-27\">ACB, leg. 209, n\u00ba 4131. De ese trueque daban ya noticia Del Solar y R\u00fajula a partir de otra copia del documento conservada en Simancas: DEL SOLAR Y TABOADA, A. y R\u00daJULA Y OCHOTORENA, J.: <em>Egregios extreme\u00f1os<\/em>, pp. 19 y ss. <a href=\"#return-footnote-37-27\" class=\"return-footnote\" aria-label=\"Return to footnote 27\">&crarr;<\/a><\/li><\/ol><\/div>","protected":false},"author":1,"menu_order":12,"template":"","meta":{"pb_show_title":"on","pb_short_title":"","pb_subtitle":"","pb_authors":[],"pb_section_license":""},"chapter-type":[49],"contributor":[],"license":[],"part":25,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/pressbooks\/v2\/chapters\/37"}],"collection":[{"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/pressbooks\/v2\/chapters"}],"about":[{"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/wp\/v2\/types\/chapter"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/pressbooks\/v2\/chapters\/37\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":59,"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/pressbooks\/v2\/chapters\/37\/revisions\/59"}],"part":[{"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/pressbooks\/v2\/parts\/25"}],"metadata":[{"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/pressbooks\/v2\/chapters\/37\/metadata\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=37"}],"wp:term":[{"taxonomy":"chapter-type","embeddable":true,"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/pressbooks\/v2\/chapter-type?post=37"},{"taxonomy":"contributor","embeddable":true,"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/wp\/v2\/contributor?post=37"},{"taxonomy":"license","embeddable":true,"href":"https:\/\/publicaciones.4gatos.es\/palaciofigueroa\/wp-json\/wp\/v2\/license?post=37"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}