1 Las Casas de la Condesa en el castillo de Badajoz, a la puerta del Alpendiz, que fueron de los Alvarado.

En la cibdad de Badajoz a la puerta del alpendiz…

 

La singular historia del edificio bajomedieval que se conserva todavía en ruinas junto a la puerta del Alpendiz de la Alcazaba de Badajoz viene a enriquecerse con los nuevos documentos que presentamos a continuación, hasta ahora desconocidos. A fin de facilitar su interpretación conviene recordar algunos episodios sobre el origen de la casa, que ya fueron dados a conocer con detalle en su día[1].

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Restos de la casa fuerte y al fondo la Torre del Alpendiz.

El primer conde de Feria, Lorenzo Suárez de Figueroa,  había adquirido en 1441 varias casas en ese lugar, conocido entonces como «el Miradero», con la intención de edificar sobre su solar[2]. El propósito de levantar una nueva construcción se mencionaba cuando esas casas fueron incluidas por Lorenzo Suarez de Figueroa en su mayorazgo, en 1446[3].

“…Iten de sys pares de casas que yo compre en la dicha cibdat de badajoz, en la puerta que dizen del Apendiz para fazer unas casas, las cuales yo compre de Iohana Lorenzo, muger de Gonçalo Perez, e de Alfon fernandez Mellado e de Alfon Vasquez fijo de Esteban Vazquez e de Luis Estevanez, Arcediano de Xerez e de María Esteban, e por troque de otras casas que yo fize con el cabildo de la dicha yglesia de Badajoz, que han por linderos de una parte el adarve e puerta del Apendiz, e de la otra parte el cimenterio de Santa Maria de Calatrava de las otras dos partes las calles del Rey. Item de otras casas que yo compre de Yañez Vicente que son cerca de la dicha puerta del Apentiz, las cuales han por linderos de la una parte el adarve de la dicha cibdat e por delante la calle del Rey e de la otra parte casas e corrales de Gomez Lorenzo de Aguilar, vezino de la dicha cibdat”

Los continuos enfrentamientos que el conde de Feria mantenía con el concejo y el cabildo catedralicio de la ciudad de Badajoz debieron motivar que no llegase a construir en ese lugar de la alcazaba, como había sido su intención[4]. Pasados los años, en torno a 1460, Lorenzo Suarez donó las casas a Garci Méndez de Badajoz, capitán del rey Enrique IV; quizá a cambio, como ya se comentaba por entonces en la ciudad, de su mediación ante el rey para que le concediese el título de conde[5].

«…conoció ciertos edificios hechos allí de cal e piedra e rredes de fierro en alto, de seis o siete pieças que eran de Lorenço Suarez de Figueroa Padre del Señor Conde e después oyo dezir que dicho Lorenço suarez diera aquellos edificios a Garci Mendez Secretario del Rey Don Enrique por que le ganara el titulo de Conde”

Garci Méndez comenzó a edificar una nueva construcción en el solar de estas casas, como narran algunos testigos del pleito entablado por su posesión años después entre el Concejo de la ciudad y el conde de Feria[6].

“A la segunda pregunta dijo que sabe las dichas casas que son a la puerta que dizen del alpendiz las quales el testigo vido hazer edificar a un mayordomo de garciamendez que se llamava Diego de Corcuera e que edificó cierta parte de ellas…”

Pero no fue con estas obras de Garci Mendez con las que se levantó la casa-fuerte de la puerta del Alpendiz. Habrá que esperar a 1465, momento en el que se adueñó de la ciudad el maestre de la Orden de Alcántara, Gómez de Solís, quedando Badajoz bajo el poder de su hermano, Hernán Gómez de Solís[7]. Hernán Gómez se apoderó de estas casas para convertirlas en una magnífica casa fuerte, aprovechando su ventajosa situación en el castillo. Para ello amplío y fortificó la casa de Garci Méndez, usurpando también las calles y las casas colindantes, y llegando a ocupar parte de la muralla e incluso la propia puerta del Alpendiz, que quedaba así bajo su control[8]

”…dijo que sabe que Fernando Gomes de Solís, hermano del maestre de Alcántara don Gomes de Solís fizo unas casas en el castillo desta ciudad sobre la puerta del Alpendis e que sabe que las fizo con peones echados por días por esta ciudad e que el dicho Fernando Gomes, con poder del dicho maestre su hermano, presentó ciertas provisiones del Rey don Enrique, santa gloria aya, e tomó la posecion e señorío desta ciudad por el dicho su hermano e que en nonbre del dicho su hermano le besaron las manos por señor desta ciudad e que la dicha puerta donde están las dichas casas es la mas fuerte del dicho castillo e la más
principal para señorear esta ciudad.»

 

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La casa fuerte se amplió adosándose a la muralla de la alcazaba

Sitiado Hernán Gómez de Solís en 1470 por el conde de Feria y otros nobles de su bando (entre los que se encontraba Diego de Alvarado, comendador de Lobón) pactaron como condición para su salida de Badajoz  que la ciudad pagase a Hernán Gómez 800.000 maravedíes, a costear por reparto entre todos su vecinos, como indemnización por las obras realizadas en la casa fuerte[9].

“…que sabe que después de fechas las dichas casas e tomada en ellas la dicha puerta del dicho castillo y adarve, que desterró del dicho castillo a muchos que bivían en él a la ciudad e a otros fuera de la dicha ciudad; esto que lo sabe por que este testigo fue uno de los dichos que echaron fuera del dicho castillo e que si las dichas casas non tuvieran fechas que no fiziera lo que fizo e que sabe que después que la ciudad e su tierra e con los valederos que llamaron para ello cercaron a el dicho Fernando Gomes y que fue mucha gente ferida en el dicho cerco e otros muertos e que lo tuvieron cercado hasta que el dicho maestre su hermano lo venia a socorrer e lo non pudo desçercar e que entonçes se dio con partido que la ciudad tornase otra ves a pagar las dichas casas, que los desta ciudad y su tierra avian fecho a su costa y espensas según dicho es, e que después porque no oviese más gente muerta acordó la dicha ciudad de le dar por las dichas casas ochocientas mil maravedís; e porque tan ayna no ge las pagavan, llevó muchos ganados desta ciudad robados, los quales si algunos se cobraron era por el restante e que por ellos pagavan la fuerza de todos los daños que hizo. E esta ciudad le pagó las dichas ochocientas mil maravedís. E esto que los sabe porque este testigo fue uno de los que fueron en cobrar los dichos maravedís e en los pagar a el dicho Fernando Gomes e que ansi sabe que las dichas casas quedaron para la dicha ciudad e que la dicha ciudad derribó después parte dellas e que allí dexó una torre e otras fuerzas que tiene. Las quales oy dicho día tienen las dichas casas e que sabe este testigo que si algún grande tuviese las dichas casas según el lugar donde están e las fuerças que tiene, que sería para sojusgar esta ciudad.»

 

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Cara interna de la puerta del Alpendiz, con los restos de las construcción adosadas.

El Concejo, para evitar un posible nuevo intento de apoderamiento de la ciudad por parte de algún noble, ordenó derribar «lo que la casa tenía de fuerte». Y es que, pese a la indemnización costeada por los vecinos, la casa quedó en manos del comendador de Lobón, Diego de Alvarado. Éste la había reclamado justificando el derecho a su propiedad por haber sido antes de su cuñado Garci Méndez, que había muerto en Burgos en 1467. Garci Méndez era hermano de su esposa, Isabel de Moscoso y Figueroa, a quien por herencia pertenecería la casa[10]. En el momento de la salida  de Hernán Gómez de Solís de Badajoz Diego de Alvarado se comprometió a pagar a la ciudad 200.000 maravedíes; cosa que nunca hizo y por la que le reclamaría varias veces el Concejo, incluso llevando el caso ante los reyes unos años después[11].

“Sepades que por parte del conçejo, justiçia, rregidores, cavalleros, escuderos, ofiçiales e omes buenos de la dicha çibdad de badajoz nos fue fecha rrelaçión verdadera disiendo que Diego de Alvarado, comendador de Lobón, al tiempo que la dicha çibdad echó della a Fernán Gómes de Solís e le conpraron la fortalesa que tenía fecha a la puerta de Alpedris por DIII M., asentó e igualó con la dicha çibdad que, por quanto la dicha fortalesa e casa della estava fecha en un solar de Garci Mendes de Badajos, cuñado del dicho comendador, que se derrocase lo fuerte de la dicha fortalesa e le dexasen en ella çiertos aposentamientos e salas, e que daría e pagaría por ello al conçejo de la dicha çibdad dosientos mil mrs. para ayudar a pagar las dichas DIII M. al dicho fernán gomes…”

Lo cierto fue que, aunque el comendador de Lobón Diego de Alvarado tuvo la propiedad, era el segundo conde de Feria, Gómez Suárez de Figueroa, quien de hecho dispuso de la casa mientras duró el conflicto con Portugal, como frontero de los Reyes Católicos. Así describió esta situación Silva Barreto[12]:

“…en cuya ciudad se hallaba por capitán General el conde de Feria su sobrino que gobernaba las Armas de la frontera de Extremadura y vivía el conde en el castillo de dicha ciudad en las casas que aun oy la llaman las casas de la condeça que hoy están Arruynadas con el tiempo…”

Tras la muerte de Diego de Alvarado en 1498 el conde de Feria quiso recuperar el control de la casa fuerte, mediante el acuerdo al que llegó con su viuda, Isabel de Moscoso y Figueroa. Ésta, a cambio de la casa, habría de recibir para sí  y su herederos una renta anual de nueve mil maravedíes, procedente de los pastos de la Dehesa de los Caballeros, situada cerca de Guadajira. Siglos después encontramos en los manuscritos de Alejandro Silva y Barreto (quien tenía la buena costumbre de citar los instrumentos documentales en los que basaba los datos incluidos en sus obras genealógicas) una referencia a ese acuerdo -trueque le llama- que documentaba en una escritura que se conservaba ya entonces en el archivo del escribano de Badajoz Pedro Tovar[13].

“…[la] viuda del dicho comendador, la dicha Doña Ysabel de Moscoso y Figueroa, vendió la casa Fuerte con sus tres torres que dejó su marido en el castillo de Badajoz a la Puerta del Alpendíz a Don Gomez Suarez de Figueroa Conde de Feria, por la Dehesa de caballeros, en la rivera de Guadaxira, propia del dicho Conde que le valia nueve mil Maravedíes de Renta de yerbas crescientes e menguantes que los da y trueca la dicha Dehesa por la Casa como parece por el poder que dio esta Señora a su Hermano Pedro Méndez para venderla, su fecha en Lobon a 1 de Febrero del año de 1498 Ante Juan gonçalez de Merida, escribano de cámara del Rey y reyna, en virtud del qual se otorgó la escriptura que esta original puesta en el Registro de escripturas del año de 1631, desde el folio 392 hasta el folio 399 en el oficio de Pedro de Tovar escrivano Publico del numero de Badaxoz.”

Allí buscamos esa escritura[14] y lo que encontramos no fue el original, sino un traslado que en 1512 había mandado sacar García de Alvarado, hijo de Diego de Alvarado y su sucesor en la Encomienda de Montijo. Traslado del que por su mal estado mandó hacer varias copias en 1631 su sobrina-nieta Laureana de Alvarado, quedando el de 1512 archivado en el Registro de Escrituras. En este nuevo documento se puede leer como el 1 de febrero de 1498 Isabel de Moscoso había dado un poder para vender las casas de la puerta del Alpéndiz a su hermano Pedro Méndez. Poder que se otorgó no en Badajoz, sino en Lobón, de donde Isabel de Moscoso era vecina, y donde tenía su morada en la casa fuerte de la Encomienda de la Orden de Santiago, en la que había sucedido desde 1489  por donación de su padre el mayor de sus hijos, Juan de Alvarado[15].

El contrato se formalizó seis días después en Zafra entre Pedro Méndez y el conde de Feria, quedando obligado Gómez Suárez de Figueroa y sus sucesores a una renta de 9.000 maravedíes de las yerbas “crescientes e menguantes” de la dehesa de los Caballeros, en Guadajira, para Isabel de Moscoso y sus herederos, a cambio de la propiedad de la casa.

La venta fue protestada de inmediato por el Concejo de la ciudad de Badajoz, quien puso pleito al conde de Feria, reclamando que la casa era de su propiedad por los 800.000 maravedíes costeados en su día y la falta de pago de los 200.000 que nunca hizo el comendador Diego de Alvarado[16]..

«Ante vos el muy virtuoso y noble cavallero Martín Vázquez de Roxas, rexidor en la muy noble ciudad de Toledo, correxidor y justicia mayor en esta ciudad de Badaxoz e su tierra por el Rey e la reina nuestros señores, e juez por especial comisión de sus altezas en el caso que de yuso se hará mención, paresco yo Fernando de Larrocha alcalde mayor de la dicha ciudad e vezino della ansi como Procurador que soy del concejo, justicia, rexidores, cavalleros, escuderos, oficiales y omes buenos de la ciudad de Badajoz e comunidad y universidad della por el Rey e la reyna nuestros señores, e propongo ación y demanda contra don Gomes Suares de Figueroa, conde de Feria, e contra quien su boz e procuración tuviere para lo defender en juizio y digo que faziendo entera relación de la dicha mi demanda digo que ansi es verdad que en el castillo desta ciudad, a la puerta del Alpendiz sobre la puerta della están situadas unas casas so ciertos linderos que protesto aclarar, las quales dichas casas son y pertenecen a la dicha ciudad mi parte por las aver conprado por su dineros por repartimiento fecho por la dihca ciudad e sobre ello avia pleyto pendiente entre la dicha ciudad mi parte e el comendador Diego de Alvarado, que santa gloria aya, e sus hijos diziendo el dicho comendador le pertenecer las dichas casas e ser suyas e durante e la litispendencia se dijo e publicó que dicho señor conde quería comprar las dichas casas e como la dicha ciudad lo supo, escrivio una carta a el dicho señor Conde por su ayuntamiento e amor e amistad que sienpre esta ciudad le tuvo e que su señoría non conprase las dichas casas que eran de la dicha ciudad e le pertenecían por las aver conprado como dicho ha, e no enbargante la dicha requerición, todavía el dicho señor conde se entremetió a conprar las dichas casas de fecho seyendo como dicho tengo de la dicha ciudad, no lo pudiendo ni deviendo hazer; por ende señor vos pido que aviendo la dicha mi relaçión por cierta y verdadera pronuncie vuestra merçed lo por mi suso dicho ser y aver pasado, asi aclarándolo por su sentencia definetiva, y ansi declarado pronuncie el contrato de venta que pasó entre el dicho señor conde conprador e los hijos e erederos del dicho comendador Diego de Alvarado como vendedores ser vicioso e ynválido de derecho pues por su señoría no pudo por la litispendencia questa entre el dicho comendador Diego de Alvarado e sus hijos e las dichas casar ser y pertenecer a la dicha ciudad de mi parte, e por consiguiente todo lo que después del dicho contrato se a subseguido e poniéndolo todo en el estado e punto en que estava de antes y al tienpo que el dicho contrato fecho nin otorgado fuese, e mandando que ninguna obra en las dichas casas se haga nin edifique hasta tanto que por vuestra merçed sea sentenciado y determinado non se atribuyendo ninguna poseción.»

Falló a favor de la ciudad el corregidor Martín Vázquez de Rojas, ordenando desocupar la casa al conde de Feria y autorizando a la ciudad a tomar posesión de ella, si bien sin pronunciarse sobre de quien era realmente propiedad. Apelaría por ello más tarde Gómez Suarez ante el rey[17].

» Visto por mi, Martín Vázquez de Rojas, rexidor de la muy noble ciudad de Toledo, jues e correxidor e Justicia mayor en esta ciudad de Badajoz e en su tierra por el Rey e la Reyna nuestros señores, un proceso del pleito que ante mi pende entre partes, de la una, ator demandante, Fernando de La Rocha, alcalde mayor e procurador de la dicha ciudad e comunidad en nombre de la dicha ciudad, y de la otra, reo, se defiende el señor Conde de Feria e su procurador en su nombre sobre que el dicho Fernando de Larrocha presentó una provisión de sus altezas librada de los señores Presidente e oydores que reside en Ciudad Real para que en nonbre de la dicha ciudad pudiese demandar unas casas que son en esta ciudad, el qual dicho Hernando de Larrocha demandó a el dicho señor Conde las dichas casas diziendo que la dicha ciudad a el tienpo que della uvieron echado a Hernando Gomes de Solís, hermano del maestre de Alcántara, don Gomes de Solís, la ciudad por partido le compró unas casas que tenía hechas dentro en el castillo de la dicha ciudad a la puerta que dizen del Alpendis y que el Comendador Diego de Alvarado, a el tienpo que la ciudad uvo cercado en el dicho castillo a el dicho Fernando Gomes, porque se falló en el dicho cerco, la ciudad le diera las dichas casas por cierta contía de maravedís los quales dijo nunca aver pagado a la dicha ciudad e que los erederos del dicho Alvarado sin las aver pagado e ser las dichas casas de la dicha ciudad las quería vender a el dicho Conde e que el dicho Conde fuera requerido que las non conprase por ser de la dicha ciudad e que non ostante el dicho requerimiento las conpraron pidiendo que la tal venta fuese ninguna pues sobre ello avia litispendencia entre la ciudad y los erederos del dicho Alvarado sobre las dichas casas, tornando la dicha ciudad en el punto y estado en que estava antes que la tal venta se fiziese e otras cosas que en la dicha su demanda se contiene (…)
Fallo que bien atentos e considerados todos los autos y méritos de todo lo procesado a que me refiero, que según de lo procesado resulta, parece el procurador del dicho señor Conde dentro del término de la Ley ni en otro después aver respondido a la nueva demanda que por el dicho Hernando de Larrocha fue puesta contra del dicho señor Conde, la qual por mi mandado en persona del dicho su procurador le fue notificada, por lo qual, por falta de respuesta, el procurador del dicho señor Conde quedó confuso e que por tal e confuso lo devo declarar e declaro en consequencia, de lo qual que debo de condenar y condeno a el dicho señor Conde e al dicho su procurador en su nonbre para que de oy en nueve días primeros siguientes aya de dexar e deje libre e pasíficamente la poseción de las dichas casas a la dicha ciudad e al dicho Fernando de Larrocha en su nonbre, en la qual poseçión en nonbre de la dicha çiudad mando que sea puesto e metido a el dicho Hernando de Larrocha dentro en el dicho término sin que pare perjuizio a el dicho señor Conde nin a el dicho su procurador en su nonbre. Quanto a la propiedad de las dichas casas e por esta mi sentencia le reservo todo el derecho o la propiedad que tenga pretenda aver a las dichas casas para que lo pueda pedir e pida cada y quando que quisiere e ante quien viere que le cunple.
E ansi dada e pronunciada la dicha sentencia en la manera que dicha es, el dicho Hernando de Larrocha dijo que recibía sentencia e consentía en ella.
El dicho Juan de Villapadierna dijo que apelava y apeló de la dicha sentencia para ante sus altezas e para ante quien y con derecho deva, protestando de la traer más en forma por escripto…»

El resultado cierto de las reclamaciones del conde de Feria no se conoce, pero por los indicios que nos dan otros datos, parece que finalmente no le fue favorable[18]. Así, se sabe que poco antes de morir Gómez Suárez aún insistía a los reyes sobre este particular[19].

“…porque el uno [de los pleitos] es sobre unas casas que yo compre en Badajoz que fueron y son de mi mayoradgo llanas y syn fuerza alguna, aviendolas poseydo el comendador Alvarado veynte y tantos años desde que las compró de la dicha cibdad fasta que murió sin contradiçion alguna…”
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La torre del Alpendiz domina la vertiente Este de la alcazaba.

 

 


  1. ALTIERI SÁNCHEZ, J.; SÁNCHEZ RUBIO, C. y MELÉNDEZ TEODORO, Á.: En el castillo de esta ciudad a la puerta del Alpendiz. Historia de una casa fuerte en la Alcazaba de Badajoz. Badajoz. 2013
  2. Posesión tomada por parte de Lorenzo Suárez de Figueroa de cuatro casas que diferentes sujetos le habían vendido dentro del castillo de Badajoz y Escritura que otorgó el cabildo de la ciudad de Badajoz, cambiando con Lorenzo Suárez de Figueroa unas casas que el cabildo tenía en el castillo de dicha ciudad, donde dicen el Miradero, por otras con sus corrales que dicho señor tenía donde dicen la Cruz. Archivo Ducal de Medinacelli (ADM). Feria leg. 19, ramo 12, n. 1
  3. 1446, noviembre, 3. Villalba. Mayorazgo que fundó Lorenzo Suárez de Figueroa, primer conde de Feria. Citado por MAZO ROMERO, F.: El condado de Feria (1394-1505). Contribución al estudio del proceso señorializador en Extremadura durante la Edad Media. Badajoz, 1980 Apéndice documental, p. 584.
  4. Situación que puede leerse en KURTZ, W. S.; RODRIGUES ORTIZ, J. P.; TEJADA VIZUETE, F.: “En la ciudad de Badajoz, 1440-1442. Discordias y concordias en un tiempo convulso”Pax et Emerita 1,2005, pp. 497 ss
  5. Real Academia de la Historia. Col. Rodríguez Villa, 9/1948, 36. Probanza hecha por el Procurador general de la ciudad de Badajoz contra los Condes de Feria sobre las casas de la Puerta que llaman del Apendis (sic) del Castillo, donde costa que los vecinos de la ciudad besaron la mano de Hernán Gómez de Solís. 18 de marzo de 1498. Copia de 13 de julio de 1630. Hoja 10. La reproducción facsímil y la transcripción de este documento se incluye en nuestra anterior publicación citada en la nota 1
  6. Real Academia de la Historia. Col. Rodríguez Villa, 9/1948, 36. Probanza… Hoja 17
  7. El episodio fue ampliamente estudiado por DOMÍNGUEZ VINAGRE, A.: El asalto al poder señorial. Hernán Gómez de Solís y la ocupación de Badajoz. REEX Vol. LVII, 2001, pag. 551
  8. Real Academia de la Historia. Col. Rodríguez Villa, 9/1948, 36. Probanza… Hoja 9
  9. Real Academia de la Historia. Col. Rodríguez Villa, 9/1948, 36. Probanza… Hoja 34
  10. La figura de Diego de Alvarado y su linaje ya fueron estudiados en su día por Rújula y del Solar y después por Vicente Navarro del Castillo. RÚJULA Y OCHOTORENA, J. y DEL SOLAR Y TABOADA, A.: Los Alvarado en el Nuevo Mundo. Boletín de la Real Academia de la Historia, I tomo 105 (1934), pp. 257-294; II tomo 106, cuaderno II (abril-junio 1935), pp.485-529; III tomo 107 (1935), pp. 133-170; IV tomo 107 (1935), pp. 515-546; V  tomo 108 (1936), pp. 183-226; VI tomo 108 (1936), pp. 567-604; VII tomo 109 (1936), pp. 263-356. NAVARRO DEL CASTILLO, V.: Don Diego de Alvarado, Comendador de Lobón y paladín de la unidad de España. 1961
  11. Archivo General de Simancas. Registro General del Sello. 28 de febrero de 1491, f. 317. Comisión al corregidor o juez de residencia de Badajoz, a petición de dicha ciudad, sobre razón de cobrar del comendador de Lobón, Diego de Alvarado, 200.000 maravedís por una fortaleza comprada a Fernand Gómez de Solis, hecha a la puerta de Alpedres (sic), de la cual, a dicho comendador, se le dejaron ciertos aposentamientos cuando se asentó derrocar lo fuerte de dicha fortaleza
  12. SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: Nobleza de Extremadura. Manuscrito en la Real Academia de la Historia. Madrid. Pág. 2.
  13. SILVA BARRETO Y ALMEIDA, A.: Resumen genealógico de los ascendientes de Don Manuel de Silva y Figueroa Lasso de la Vega, y de Don Pedro Pantoja de Silva y Figueroa, su hermano, caballeros de la Orden de Santiago. Manuscrito. Real Academia Española. Legado Rodríguez Moñino-María Brey. h. 80. También en Nobleza de Extremadura. Pág. 174-v En ambos manuscritos podemos ver que Silva Barreto había transcrito literalmente la referencia a ese documento que aparece en la Genealogía de los Alvarado escrita en 1649 por Iñigo Antonio de Argüello Carvajal, ver: RUJULA OCHOTORENA, J Y DEL SOLAR Y TABOADA, A.: Los Alvarado en el Nuevo Mundo, Boletín de la Real Academia de la Historia, tomo 107 (1935),  pág. 161: "Y biuda del comendador la dha D. ysabel de moscoso y figueroa vende la casa fuerte con sus tres Torres qe dejo su marido En el castillo de badajoz a la puerta del Alpendiz a D. gomez suarez de figueroa conde de Feria por la dehesa de Cavalleros En la Rivera de Guadaxira propia del dho Conde que le valia 90 mrs de renta de yerba crecientes y menguantes que los da y trueca la dha dehesa por la casa, como parece del Poder que dio esta Sra a su hern0 Pedro Mendez para vendella su fecha en lobon a 1 de febrero año de 1498 ante Ju° Gs de Merida Escribano de Cámara del Rey y la Reyna En virtud del qual se otorgo la Escritura que esta original puesta En el Registro de Escrituras del año de 1631 desde El folio 392 hasta El folio 399 en el oficio de Pedro de Tovar Escrivano publico y del numero de badajoz= cuia dehesa de Cavalleros dejo en Capellania D. Isabel de Moscoso por su anima y la del Comor su marido y que se sirba En su yglesia de S. tiago de Lobon donde están Enterrados encima de las gradas del altar maior a El lado del Evangelio"
  14. Archivo Histórico Provincial de Badajoz (AHPB). Protocolo del escribano Pedro de Tovar. 1631. Fol. 392 a 399.
  15. IGLESIAS AUNION, P.: La política económica de los Reyes Católicos en la Orden Militar de Santiago. La Mesa Maestral en la encomienda de Mérida: 1494-1556. Coloquios Históricos de Extremadura. Trujillo. 2004.http://www.chdetrujillo.com/la-politica-economica-de-los-reyes-catolicos-en-la-orden-militar-de-santiago-la-mesa-maestral-en-la-encomienda-de-merida-1494-1556/
  16. Real Academia de la Historia. Col. Rodríguez Villa, 9/1948, 36. Probanza… Hoja 10 y 10v
  17. Real Academia de la Historia. Col. Rodríguez Villa, 9/1948, 36. Probanza… Hojas 56 a 58
  18. Así se lee en un documento de 1508 conservado en la Real Academia de la Historia. "Extracto del pleito que sostuvieron la ciudad de Badajoz y el común de los vecinos de ella con Lorenzo Suárez de Figueroa, III conde de Feria, sobre la propiedad de la casa llamada del Alpendiz, sita en aquella ciudad." Manuscrito de la época. 1508 - 1509. Badajoz 09.00814. M-7, fº 120 y 120 v. Nº 46956 del inventario. Su contenido es el siguiente: "Relaçión del pleyto que trató la çibdad de Badajoz y el común con el conde de Feria Sobre las casas del Alpendiz. Paresçe que en Badajoz en XII de setienbre de IUCCCCXCVIII años se movio pleyto contra el conde don Gomes por el conçejo de Badajoz e comunidad della diziendo en efeto que las casas del alpendiz pertenesçían a la çibdad por porque las avían conprado de Fernán Gomesde Solís, hermano del maestre que por fuerça las avia ocupado, enfortalezido y apoderándose en la çibdad e para lo echar della le avian dado ochoçientas mill mrs. por las dichas casas cogidas por repartimiento de todos los estados e que después el comendador Diego de Alvarado, que pretendía poseerlas, estando pleyto pendiente entre la çibdad y él, las vendió al conde don Gomes sin embargo de aver sido requerido el conde don Gomes por la çibdad que no las conprase que por ser suyas y aun por averlas conprado siendo litixiosas se avía de reçindir la venta e declarar no aver avido lugar e restituyrles sus casas etç. Contra esto se defendio el conde por sus exposiçiones generales y diziendo que estas casas son suyas porque fueron de su mayoradgo e aun después él las conpró de Diego de Alvarado. Sobre muchas altercaçiones la çibdad por su parte prueva como aquellas casas se apoderó por fuerça el maestre dellas y las dexó en poder de su hermano Fernán Gómes de Solís, por cuyos malos tratamientos la çibdad se levantó contra él e con ayuda del conde don Gomes lo echaron de la çibdad con partydo que le diesen ochoçientas mil mrs. por las casas y dizen algunos testigos que se los dieron y pruevan como en aquel tiempo del pleyto las poseya el conde don Gomes. Por parte del conde se prueva por escripturas y testigos como estas casas antes de todo esto fueron de don Lorenxo Suarez y que las metio en su mayoradgo y después hizo donaçión dellas a un Garçía Méndez que fue despojado dellas por el dicho maestre, el qual Garçia Méndez fallesçió y Fernán ¿Adánez? de Badajoz, como su albaçea, las vendió al comendador Diego de Alvarado, su cuñado, el qual después las vendió al dicho conde don Gomez. No paresçe por el rollo que está concluso este proçeso porque la postrera petyçión se proveyó en diez de julio del año de quinientos y fue para pruevas porque la respuesta[?] se dio en siete de agosto de dicho año.
  19. Capítulo de quejas presentadas por el segundo Conde de Feria a los RRCC. Marzo de 1501. Archivo Ducal Medinaceli. Sección Histórica, 245-83.

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Las Casas de la Condesa en el castillo de Badajoz, a la puerta del Alpendiz, que fueron de los Alvarado. Copyright © 2016 por Juan Altieri Sánchez. Todos los derechos reservados.

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